MADRID MORENO, JULIAN ARIEL c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL Y OTRO s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
El actor promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y el Estado, solicitando la declaración de inconstitucionalidad del DNU 679/97 y la restitución de descuentos previsionales. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia en los puntos apelados por la demandada, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018, modificó la regulación de honorarios fijando 28 UMA en primera instancia y 30% en segunda, e impuso costas a las demandadas vencidas.
¿Quién es el actor?
MADRID MORENO, JULIAN ARIEL.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y otros (Estado Nacional/Ministerio de Seguridad y la Caja).
- Objeto de la demanda: Acción declarativa de inconstitucionalidad contra el Decreto N° 679/97 (y cuestiones conexas) y pedido de liquidación y pago de diferencias por descuentos previsionales, más regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se negó lugar al recurso de apelación deducido por la demandada y se confirmó la sentencia apelada en lo que fue materia de apelación y agravios; se hizo lugar al recurso de apelación del actor para modificar el dispositivo VIII y regular honorarios en 28 UMA (equivalentes a $1.931.580) en primera instancia; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del Decreto 157/2018; se impusieron las costas de esta instancia a las demandadas vencidas; y se regularon honorarios de segunda instancia en 30% (8,4 UMA = $579.474).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes):
"En lo que se refiere al plazo de prescripción, la Ley N°23.627 ... establece en su art. 2° que: 'prescribe al año la obligación de pagar los haberes jubilatorios y de pensión, inclusive los provenientes de transformación o reajuste devengados antes de la presentación de la solicitud en demanda de los beneficios. La obligación de pagar los haberes devengados con posterioridad a la solicitud del beneficio prescribe a los dos años'."
"En consecuencia, corresponde confirmar la sentencia recurrida en este aspecto."
"Es criterio de esta Cámara, en casos análogos, considerar que el presente proceso es de los llamados procesos de 'monto indeterminado' o 'sin monto', por lo que la cuantía de los honorarios profesionales es independiente de las sumas que –en más o en menos
- arrojen las distintas liquidaciones en cada caso concreto ... De no resultar posible aplicar la escala del art. 21 para su determinación, se determinarán los honorarios en base a las pautas del art. 16, con un monto mínimo de 20 UMA."
"En virtud de ello ... corresponde regular en 28 UMA los honorarios profesionales de la parte actora, en el doble carácter, representados en la suma de $1.931.580 conforme la Resolución 580/2025, que fija el valor UMA en $68.985."
"En mérito del resultado que se instruye en el acuerdo precedente, por unanimidad, SE RESUELVE: 1°) NO HACER LUGAR al recurso de apelación deducido por la demandada ENA, en consecuencia confirmar la sentencia ... 2°) HACER LUGAR al recurso de apelación deducido por el representante de la parte actora ... 3°) DECLARAR LA INCONSTITUCIONALIDAD del art. 3 Decreto 157/2018 e IMPONER las costas de esta instancia a las demandadas vencidas ... 4°) REGULAR HONORARIOS ... equivalente a 8,4 UMA que arroja una suma de $579.474 ..."
- Votos en disidencia: No hubo disidencia; el acuerdo fue unánime y los señores jueces adhirieron al voto principal.
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