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GOMEZ, HUGO OMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajustes varios: el actor demandó a ANSeS pidiendo la recalculación del haber jubilatorio y retroactivos. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rectificó el resolutivo III rechazando como improcedente el planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 para los períodos julio-diciembre de 2017, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de la instancia a ANSeS.

Recurso de apelacion Anses Reajustes previsionales Retroactivos Inconstitucionalidad dnu 157/2018 Ley 27.426 art.2 Costas Impuesto a las ganancias Isbic/ripte Seguridad social


¿Quién es el actor?

GÓMEZ, HUGO OMAR (actora/pretensor del reajuste y liquidación de haberes).

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (reajuste del haber inicial conforme precedentes, liquidación de retroactivos, y planteos de inconstitucionalidad de normas que afectaron la movilidad y retenciones —p. ej. art. 2 Ley 27.426—; además impugnación de la aplicación del impuesto a las ganancias sobre retroactivos).

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la demandada respecto de la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, confirmó la sentencia de fecha 07/10/2024 y rectificó el resolutivo III de primera instancia quedando redactado: "RECHAZAR el planteo de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426 sobre las movilidades de los periodos devengados de julio a diciembre del año 2017, por improcedente." Asimismo, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de la presente instancia a la demandada vencida; y no reguló honorarios de la representación de la actora por no haber intervenido, señalando que los honorarios de ANSeS se regirán por el art. 2 de la ley arancelaria.
- Fundamentos principales (transcripciones literales de párrafos relevantes): "El fallo de la CSJN, FCR 21049166/2011/CS1 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634) de fecha 22/06/2023, estableció que las costas serán impuestas a la vencida o por su orden, según lo establecido por el art. 36 de la ley 27.423 de honorarios profesionales. En dicho precedente, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por no verificarse la existencia de circunstancias excepcionales exigida por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional para su validez, y, por ende, reafirmó la plena vigencia del artículo 36 de la ley 27.423..." "El artículo 68 del código procesal prevé que 'La parte vencida en el juicio deberá pagar todos los gastos de la contraria, aun cuando ésta no lo hubiese solicitado. Sin embargo, el juez podrá eximir total o parcialmente de esta responsabilidad al litigante vencido siempre que encontrare mérito para ello, expresándolo en su pronunciamiento'..." "El artículo 20 inc. v) de la ley 20.628 establece que los montos provenientes de actualizaciones de créditos de cualquier origen o naturaleza están exentos del pago del impuesto a las ganancias..."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; los Dres. Pizarro y Pérez Curci adhieren al voto que antecede y el acuerdo contiene la decisión mayoritaria.

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