Incidente Nº 2 - ACTOR: GARCIA, JUAN RAMON DEMANDADO: CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL Y OTRO s/INC APELACION
Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra DNU 679/97 y reclamo de haberes y honorarios. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia respecto de la declaración de inconstitucionalidad y liquidaciones, pero accedió parcialmente al recurso de la actora y modificó la regulación de honorarios fijando 28 UMA ($1.860.208) y 7 UMA ($462.931) para el incidente, e impuso costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Juan Ramón García (parte actora del expediente).
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y otra.
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad del DNU 679/97 y reclamo de liquidación de haberes (limitación de descuentos previsionales al 8%) y demás prestaciones; además apelaciones sobre costas y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara NO hizo lugar al recurso de apelación deducido por la demandada y CONFIRMÓ la sentencia de primera instancia en cuanto a lo recurrido; HACIÓ LUGAR al recurso de apelación deducido por la representante de la parte actora y MODIFICÓ la sentencia en lo relativo a la regulación de honorarios, quedando éstos determinados en 28 UMA ($1.860.208) por la actuación en doble carácter y 7 UMA ($462.931) por el incidente de medida cautelar; declaró la INCONSTITUCIONALIDAD del art. 3 del DNU 157/2018 e IMPUSO las costas de esta instancia a la demandada; reguló los honorarios de Alzada en un 30% de lo previsto en primera instancia. (Todo conforme la parte resolutiva).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- "En virtud de ello, teniendo en cuenta la labor desarrollada por los representantes del actor, apreciada la misma en su novedad, calidad, eficacia y extensión, y en aplicación estricta de los arts. 48 y 20 de la ley N° 27.423, corresponde regular en 28 UMA los honorarios profesionales de la parte actora, en el doble carácter, representados en la suma de $ 1.860.208 conforme la Resolución 3495/2024 vigente al momento de dictarse la sentencia apelada, que fijó el valor UMA en $ 66.436. En cuanto a los honorarios por el incidente de la medida cautelar corresponde regular el equivalente a 7 UMA, representados en la suma de $ 462.931."
- "En consecuencia, corresponde confirmar las costas de primera instancia a la vencida e imponer las costas de la presente instancia a la demandada vencida."
- "En dicho precedente, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por no verificarse la existencia de circunstancias excepcionales exigida por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional para su validez, y, por ende, reafirmó la plena vigencia del artículo 36 de la ley 27.423..."
- Disidencias: No se consignan votos disidentes relevantes; el acuerdo fue por mayoría conforme la parte resolutiva.
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