Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RAMIREZ, JORGE GABRIEL Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 SOLICITANTE: RAMIREZ, ALBINO
Imputado por transporte de estupefacientes: la Cámara (Tribunal Oral Federal de Resistencia, en integración unipersonal) condenó a Gabriel Jorge Ramírez a 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas por transportar 19,200 kg de marihuana, mantuvo su prisión domiciliaria y dispuso decomiso y destino de bienes secuestrados.
- Actor (quien acusa / solicita pena): Ministerio Público Fiscal (propuesta en acuerdo de juicio abreviado suscripto por el Fiscal Subrogante Horacio Francisco Rodríguez).
- Demandado (imputado): Gabriel Jorge Ramírez, DNI 44.469.948.
- Objeto de la demanda: Responsabilidad penal por el delito de transporte de estupefacientes (Art. 5, inc. c, Ley 23.737) por el transporte de diecinueve kilos con doscientos gramos (19,200 kg) de marihuana.
¿Qué se resolvió?
Se condenó a Gabriel Jorge Ramírez como autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes a la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de 45 unidades fijas, más accesorios legales y costas; se mantuvo su prisión domiciliaria en las condiciones concedidas; se ordenó la destrucción por incineración de las porciones de marihuana destinadas a juicio y demás elementos no sujetos a decomiso; se decomisó un teléfono celular marca Alcatel; se entregó definitivamente el carro y los dos equinos a Albino Ramírez (DNI 23.913.513); se eximió al condenado del pago de honorarios del Ministerio Público de la Defensa por su situación socioeconómica; se intimó al pago de la multa y tasas de justicia en los plazos y cuentas indicadas; y se ordenó practicar el cómputo de pena y remitir actuaciones al juez de ejecución y al Registro Nacional de Reincidencia.
- Fundamentos principales (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia):
"En fecha el día 02 de julio de 2024, aproximadamente a la hora 18:05, Gabriel Jorge Ramírez transportó diecinueve kilos con doscientos gramos (19.200 gs.) de marihuana, en un vehículo de tracción a sangre (carro), guiado por éste, bajo una carga con cascarilla de arroz."
"La circunstancia de que se hayan encontrado sustancia estupefaciente en el vehículo en el que se desplazaba Ramírez, el acondicionamiento de la misma de forma subrepticia, la cantidad de sustancia hallada, y el hecho de que esta se encontraba dentro de su esfera de custodia, además de la manifestación del propio Ramírez de que transportaba marihuana, hacen ineludible la afirmación de que el hecho endilgado corresponde al delito de transporte de estupefacientes."
"La pena propuesta en el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes resulta proporcional a la magnitud del injusto atribuido al imputado, así como al grado de culpabilidad del mismo... la sanción, sin descuidar las pautas de prevención especial y general, y atendiendo a la magnitud del hecho, debe establecerse, tal como lo propone el acuerdo: cuatro (4) años de prisión y multa de 45 unidades fijas..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la sentencia fue dictada en integración unipersonal por el Juez Juan Manuel Iglesias y la parte resolutiva es la que rige.
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