Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: SAMANIEGO, ELIANA AYELEN s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Juicio abreviado por transporte de estupefacientes en grado de tentativa contra Eliana Ayelén Samaniego. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Formosa, juez únicas suscriptor) declaró admisible el juicio abreviado y condenó a la imputada a 3 años de prisión en suspenso, con reglas de conducta y redención de multa por $50.000 destinados a compra de pañales para La Merced Vida Formosa.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Fiscal auxiliar Dra. Laura Carolina Wolffradt, conforme al acta-acuerdo).
- Demandado / Imputada: Eliana Ayelén Samaniego, D.N.I. 39.902.972.
- Objeto de la causa: Juicio por la presunta comisión del delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c Ley 23.737) en grado de tentativa, por el traslado de paquetes de marihuana; procedimiento tramitado mediante juicio abreviado (art. 431 bis CPPN).
¿Qué se resolvió?
Se declaró formalmente admisible el juicio abreviado y se condenó a la imputada a TRES (3) años de prisión de ejecución en suspenso por el delito de transporte de estupefacientes en grado de tentativa; se le impusieron reglas de conducta por igual término (fijar residencia y someterse a la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal; no cometer nuevos delitos; no consumir estupefacientes ni abusar del alcohol), se redimió la multa por $50.000 destinada a compra de pañales para la entidad "La Merced Vida Formosa", se decretó el decomiso de una motocicleta Guerrero 110 cc y de los elementos incautados, se reservó el remanente de la sustancia y se intimó a pagar las costas una vez firme la sentencia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes):
"Estimo que se encuentran cumplidos los requisitos para declarar formalmente admisible la aplicación del instituto del Juicio Abreviado, en virtud de que, la solicitud formulada cuenta con la conformidad de la imputada y de su defensora acerca de la existencia del hecho descripto en el requerimiento de elevación a juicio, su participación, la calificación legal y la pena asignada por la fiscal."
"Analizadas que fueran las pruebas señaladas, a la luz de la sana critica racional, me llevan a concluir que la imputada Eliana Ayelén Samaniego transportó 796.885 gramos de marihuana, acondicionadas en paquetes, el 23 de junio de 2024, por la barrera de contención hídrica ubicada sobre el barrio Porteño Norte de la ciudad de Clorinda, maniobra que fuere desbaratada por la actuación del personal de Gendarmería Nacional."
"Estimo que el caso debe subsumirse en la figura del transporte de estupefacientes (Art. 5 inc. 'c' Ley 23.737), en grado de tentativa (art. 42 del CP). ... Debo señalar que la imputada había comenzado a ejecutar el transporte, circunstancia que fuera desbaratada por la actuación del personal de Gendarmería Nacional. ... En consecuencia, corresponde imponerle a Eliana Ayelén Samaniego la pena de TRES (03) AÑOS de prisión, de ejecución en suspenso y sujetas a las siguientes condiciones(arts. 26 y 27 bis del Código Penal)..."
- Disidencias: no consta voto en disidencia; la sentencia fue dictada unipersonal y firmada por el juez y la secretaria.
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