MACIEL, HUGO VICTOR c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL - (LEY 19485) s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
Maciel promovió acción contencioso administrativa contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal solicitando la incorporación del coeficiente de bonificación por zona previsto en la ley 19.485 y el pago de las sumas adeudadas. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenó el pago retroactivo correspondiente y condenó en costas a la demandada por su apelación.
¿Quién es el actor?
MACIEL, HUGO VICTOR.
¿A quién se demanda?
CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL (LEY 19485).
- Objeto de la demanda: Se reclamó la incorporación al haber previsional del coeficiente de bonificación establecido por la ley 19.485 (por zona) mientras el beneficiario resida en el ámbito geográfico de aplicación de la norma, el pago de las sumas adeudadas por el periodo bienal anterior a la promoción de la demanda y sus intereses, y demás consecuencias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia (fs. 37/44) en todo cuanto fue materia de apelación, impuso las costas de Alzada a la demandada vencida y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes en un 30% de lo que oportunamente se regule en la instancia de grado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia definitiva de fs. 37/44 dictada por el Sr. Juez Federal de Rio Gallegos, por cuanto dispuso admitir la demanda deducida por el actor contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones en la Policía Federal, y en consecuencia ordenó a la condenada a incorporar en el haber previsional el coeficiente de bonificación establecido por la ley 19.485 (mientras resida en el ámbito geográfico de aplicación de la norma), dentro de los diez (10) días de quedar firme la presente; el que deberá calcularse sobre la sumatoria del haber mensual o sueldo básico y de los suplementos generales que en cada caso correspondan."
"Que la materia que fuera decidida en la sentencia puesta en crisis y los agravios que habilitan esta instancia recursiva, resultan análogos a los ya tratados y resueltos por esta Alzada en el precedente de Registro FCR 17385/2019, in re: 'PALACIO, JUAN CARLOS Y OTROS c/ CAJA DERETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL (C.R.J.P.P.F.) s/REAJUSTE DE HABERES', con los que se advierte total coincidencia en las cuestiones que constituyen materia de pronunciamiento, y al que por esta razón corresponde remitirse."
"En virtud del resultado que antecede, el Tribunal RESUELVE: 1) CONFIRMAR el pronunciamiento de fs. 37/44 en todo en cuanto ha sido materia de apelación. 2) COSTAS de Alzada a la demandada vencida. (art.68 CPCCN). 3) REGULAR los honorarios de los profesionales intervinientes en un 30% de lo que oportunamente se regule en la instancia de grado."
- Votos: El Dr. Aldo E. Suárez expuso los fundamentos principales y el Dr. Javier M. Leal de Ibarra adhirió. No constan disidencias.
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