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GASCON, LILIANA ELISABETH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo de reajustes previsionales promovido por Liliana Elisabeth Gascon contra ANSeS. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y confirmó la sentencia de primera instancia, imponiendo costas a la demandada y no regulando honorarios de la actora por no haber intervenido en la instancia.

Gascon Anses Reajustes Isbic Ley 26.417 Retroactivos Impuesto a las ganancias Costas Camara federal de mendoza Seguridad social


¿Quién es el actor?

GASCON, LILIANA ELISABETH.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de haberes previsionales (reajuste del haber inicial y cobro de retroactivos).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación deducido por ANSeS y se confirmó la decisión de primera instancia; se impusieron las costas a la demandada vencida y no se regularon honorarios de la representación letrada de la actora por no haber intervenido en esta instancia, conforme a lo dispuesto en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "1.
- Contra la sentencia de fecha 29 de agosto de 2024 interpone recurso de apelación la parte demandada. ... Solicita que se deje sin efecto la aplicación del ISBIC y se establezca en su lugar la aplicación del índice combinado dispuesto en la ley nº 27.260, en el Decreto nº 807/16 y en la Resolución de la Secretaría de Seguridad Social nº 6/16. Reclama la aplicación del RIPTE, por considerar que provee un parámetro de reajuste equilibrado y depurado dado que refleja las variaciones promedio de las remuneraciones." "a.
- En primer lugar, cabe resaltar que la parte actora obtiene su beneficio en noviembre de 2022, es decir que es alcanzado por la sanción de la ley n° 26.417. El art. 2º establece que a fin de practicar la actualización de las remuneraciones ... Es decir, que las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 se ajustarán por el índice ISBIC, mientras que la de marzo y las de los meses siguientes hasta la adquisición del beneficio, deberán actualizarse conforme manda el nuevo régimen previsional (art. 15 ley n° 26.417)." "c.
- En cuanto al agravio que versa sobre la imposibilidad de afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, cabe destacar que no resulta necesario hacer comparecer a la AFIP ... la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria. ... esta Sala ya se expidió en la causa Nº FMZ 28114/2016/CA1 ... donde dirimió la cuestión sobre el retroactivo." "d.
- En cuanto al agravio de la imposición de las costas entiendo que no le asiste razón al Anses y que las mismas se impondrán a la demandada vencida, ello atento a lo resuelto recientemente por la CSJN en los autos “MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO” de fecha 22/06/2023, donde se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, con costas para la quejosa (art. 36 de la ley nº 27.423)."
- Disidencias: No hubo voto disidente; el Dr. Juan Ignacio Pérez Curci adhirió al voto del Dr. Castiñeira de Dios. El Dr. Manuel Alberto Pizarro se hallaba con licencia y no firmó.

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