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ZULLO, MARIA ELENA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes previsionales contra ANSeS por Maria Elena Zullo. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación de ANSeS y confirmó la sentencia de primera instancia, imponiendo las costas a la demandada y no regulando honorarios de la actora por no haber intervenido en la instancia.

Anses Reajustes previsionales Pbu Ley 27.426 Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Costas Ley 27.423 Actualizacion de haberes Camara federal de mendoza


¿Quién es el actor?

ZULLO, MARIA ELENA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales y sus retroactivos; discusión sobre actualización de la PBU, aplicación del art. 2 de la Ley 27.426 (periodos julio-diciembre 2017), gravabilidad del retroactivo con Impuesto a las Ganancias y costas/honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS, confirmando la sentencia de primera instancia; se impusieron las costas a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423) y no se regularon honorarios de la representación de la actora por no haber intervenido en esta instancia; respecto de los honorarios de ANSeS, rige el art. 2 de la ley arancelaria.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "a.
- En relación del agravio sobre la actualización ordenada por el a-quo de la PBU, la misma debe ser confirmada. Ello por cuanto el juez de sentencia se funda en precedentes de esta Cámara donde se analiza los beneficios adquiridos luego del 2009 y se determina que la PBU debe ser actualizada hasta tanto entra en vigencia la ley nº 26.417, que en su artículo 4º estableció que el monto de la PBU deje de ser una fórmula, para pasar a ser una suma fija, estipulada en PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS ($ 326)..." "b.
- Respecto de la inconstitucionalidad del Artículo 2 de la ley nº 27.426, no debe hacerse lugar al agravio vertido por la parte demandada. ... Por lo tanto, considero que debe confirmarse la declaración de inconstitucionalidad declarada por el juez de primera instancia en la sentencia impugnada ya que estimo que la aplicación retroactiva sobre los periodos devengados de julio a diciembre del año 2017 como lo ordena el artículo 2 de la ley nº 27.426 es regresiva respecto de la movilidad alcanzada por la derogada ley nº 26.417, en el mismo periodo." "f.
- En cuanto al agravio de la imposición de las costas entiendo que no le asiste razón al Anses y que las mismas se impondrán a la demandada vencida, ello atento a lo resuelto recientemente por la CSJN en los autos 'MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO' ... La calidad de vencedor en un pleito judicial se determina en función del resultado final del litigio. ..."
- Votos: El Dr. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios redacta el voto de mayoría y el Dr. Juan Ignacio Pérez Curci adhiere. No hay disidencia consignada; el Dr. Manuel Alberto Pizarro no suscribe por licencia.

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