Incidente Nº 11 - IMPUTADO: SABAN, RAMON BERNABE Y OTROS s/Audiencia de control de la Acusación (Art. 279, CPPF)
Audiencia de control por transporte de estupefacientes y portación de armas; se hizo lugar al pedido fiscal y se sobreseyó a siete imputados por inexistencia de pruebas suficientes para avanzar a juicio conforme al art. 269 inc. e del CPPF.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, que solicitó el sobreseimiento respecto de siete personas.
Demandado: Miguel Alberto Matorras; Elías Asensio Pereyra; Celso Marcelo Fernández; Rodrigo Marcial Ferreyra; Eliseo Bustamante Ojeda; José Ignacio Pereyra; y César Benjamín Aguirre.
Objeto: Solicitud de sobreseimiento en la audiencia de control de acusación por hechos imputados en la causa caratulada “Saban, Ramón Bernabé y otros s/ audiencia de control de acusación” (investigación por transporte de estupefacientes agravado y portación y tenencia de armas).
Decisión: Se hizo lugar al pedido fiscal y se sobreseyó a los siete imputados de los hechos que les fueron imputados, en los términos del art. 269 inc. "e" del CPPF; además se ordenó registrar, notificar, comunicar a organismos pertinentes y publicar conforme normas citadas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"la fiscalía ha explicado fundadamente las razones por las que considera que no cuenta con evidencia suficiente como para sostener una hipótesis incriminatoria en la siguiente etapa con probabilidades de condena; por lo que corresponde sobreseerlos de los hechos aquí investigados, en los términos del art. 269 inc. 'e' del CPPF."
"Que, más allá de que existen elementos que permitirían vincular a los ocupantes de la camioneta con los cuatro acusados que irán a juicio en esta causa, la fiscalía ha explicado fundadamente las razones por las que considera que no cuenta con evidencia suficiente como para sostener una hipótesis incriminatoria en la siguiente etapa con probabilidades de condena; por lo que corresponde sobreseerlos de los hechos aquí investigados, en los términos del art. 269 inc. 'e' del CPPF."
"La fiscal manifestó que, pese a la incorporación de numerosos elementos (entrevistas, análisis de datos, registro fílmico y fotográfico, cotejo y análisis de ADN, entre otros), no existe la posibilidad de recabar nuevas evidencias, ni hay fundamentos suficientes para requerir la apertura del juicio respecto de estos siete imputados, encontrándose agotada la investigación (art. 269 inc. 'e' del CPPF). Por lo expuesto, solicitó su sobreseimiento."
No hubo votos en disidencia en el expediente consultado.
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