Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GREBE, SERGIO ADRIAN s/USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART.296)
Juicio abreviado por uso de documento público adulterado. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay) condenó a Sergio Adrián Grebe a tres años de prisión de cumplimiento efectivo y unificó esa condena con sentencias previas, imponiendo una pena única de seis años y seis meses de prisión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscales intervinientes en audiencia: Dra. María de los Milagros Squivo).
Demandado: Sergio Adrián Grebe, DNI 24.154.028.
Objeto: Procedimiento por el delito de uso de documento público adulterado o falso de los destinados a acreditar la tenencia y habilitación para circular de vehículos automotores (art. 296 en relación con art. 292, segundo párrafo, CP).
Decisión: Se condenó a Sergio Adrián Grebe a tres (3) años de prisión de cumplimiento efectivo y costas por el delito imputado; se unificó esa pena con la pena de tres (3) años de prisión en ejecución condicional impuesta por el TOF N°4 de CABA (revocando su condicionalidad) y con la pena de seis (6) meses de prisión de cumplimiento efectivo impuesta por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú, fijándose como pena única y total seis (6) años y seis (6) meses de prisión; se impusieron las costas al condenado y la destrucción de determinados elementos (fs. 241).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Adelanto que soy de la opinión que en el presente caso concurren los recaudos legales para imprimir el trámite solicitado, de conformidad a lo establecido por el art. 431 bis del C.P.P.N... El imputado fue debidamente asesorado por la Defensa Técnica, y que libremente acordó con la Fiscalía el procedimiento abreviado y la pena... No existe ningún indicador que permita dudar de la libre voluntad de Grebe al reconocer la existencia del hecho objeto de acuerdo y la intervención que tuvo..." (fundamentos sobre procedencia del juicio abreviado).
"En definitiva, el plexo probatorio obrante en autos no deja margen de duda respecto a la existencia del hecho y la autoría responsable de SERGIO ADRIÁN GREBE... El cuadro probatorio se completa con el croquis referencial de fs. 8; anexo fotográfico de fs. 10/14; consultas a la DNRPA y CP de fs. 16 y18/19; informes periciales metalográficos N° 96/19 y 97/2019 de fs. 56/67 y documental reservada en Secretaría." (fundamentos sobre acreditación del hecho).
"Conforme a
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