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HERMANN, ROSA DELIA c/ ANSES - ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS

Rosa Delia Hermann promovió demanda contra ANSeS por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional la Resolución ANSES 56/2018 y la Resolución de la Secretaría de la Seguridad Social 1/2018, e impuso las costas a la apelante.

Anses Reajustes previsionales Inconstitucionalidad Resolucion 56/2018 Ripte Isbic Costas Ley 27.423 Elliff Quiroga


¿Quién es el actor?

HERMANN, ROSA DELIA.

¿A quién se demanda?

ANSeS
- Administración Nacional de la Seguridad Social.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes y redeterminación del haber previsional; actualización del haber inicial y efectivo pago de retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y se confirmó la sentencia apelada; además se declaró la inconstitucionalidad de la Resolución ANSES 56/2018 y de la Resolución de la Secretaría de la Seguridad Social 1/2018; se impusieron las costas a la quejosa y se reguló honorarios al 30% de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En primer término, si bien la actora no ha invocado de manera expresa la doctrina del fallo Quiroga ni ha desglosado la composición del haber reclamado, lo cierto es que de la lectura integral de la demanda se desprende con claridad que lo pretendido es el reajuste del beneficio previsional con base en las remuneraciones efectivamente percibidas y actualizadas, conforme a un sistema de movilidad que refleje la depreciación de la moneda y asegure el valor adquisitivo de las prestaciones. Así planteado el objeto del reclamo, el a quo se ha limitado a otorgar una reparación adecuada al planteo central del proceso, con la amplitud que impone el carácter integral del haber previsional, sin apartarse de los hechos invocados ni introducir elementos ajenos a la controversia. En ese marco, la referencia a la actualización de la PBU no constituye una decisión 'extra petita', sino una derivación razonada del análisis jurídico del reclamo de reajuste que fue efectivamente deducido. El principio de congruencia exige una correlación entre la pretensión y la decisión, pero no impide al sentenciante aplicar el derecho vigente al caso concreto ni suplir omisiones técnicas o imprecisiones en la formulación jurídica de la demanda, especialmente en procesos de naturaleza previsional, en los que la manda constitucional de protección integral (art. 14 bis CN) impone una interpretación amplia, orientada a la tutela efectiva de los derechos involucrados." "En efecto, la Corte concluyó que con la resolución N° 56/2018 (después de que finalizada la vigencia del art. 24 de la ley 24.241 por la sanción de la ley 26.417) ANSeS se arrogó una facultad que ya no poseía, como tampoco la tenía la Secretaría de Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, al dictar la resolución N° 1/2018 que ratificó el RIPTE." "Por lo tanto estimo que el mismo debe ser rechazado el agravio por la imposición de las costas de primera instancia a la demandada vencida por el art. 36º de la ley 27.423, teniendo en cuenta el análisis de lo planteado y lo resuelto por la CSJN en los autos FCR 21049166/2011/CS1 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo', de fecha 22/06/2023, las mismas serán impuestas a la vencida o por su orden, según lo establecido por el art. 36 de la ley 27.423 de honorarios profesionales."
- Votos: El Dr. Gustavo E. Castiñeira de Dios expuso el voto que constituye el fundamento principal y los Dres. Manuel A. Pizarro y Juan I. Pérez Curci adhirieron. No existe disidencia.

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