Logo

Incidente Nº 3 - IMPUTADO: PATRICIA AURELIA, APARICIO s/Audiencia de Conciliación (Art. 34)

Audiencia de conciliación por acuerdo de reparación en causa por presunto lavado de activos y recepción de bienes. El Juzgado Federal homologó el acuerdo presentado por el Ministerio Público Fiscal y dispuso que, comprobadas las condiciones pactadas, se producirá la extinción de la acción penal y la Fiscalía podrá solicitar el sobreseimiento.

Conciliacion Homologacion Art. 34 cppf Lavado de activos Abandono de bienes Extincion de la accion penal Sobreseimiento Ministerio publico fiscal Donaciones a entidades sociales Juzgado federal de salta


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representado por Dr. Ricardo Rafael Toranzos).
- Demandado / Imputada: Patricia Aurelia Aparicio.
- Objeto de la demanda: Homologación de un acuerdo conciliatorio en los términos del art. 34 del CPPF y art. 22 del CPPF, con abandono de la mitad de los bienes/dinero secuestrado para fines sociales, en causa por presunta infracción a la ley 23.737 y encuadre en el art. 303 inc. 3 del Código Penal (recepción de bienes provenientes de ilícito).

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo acompañado por el Ministerio Público Fiscal, quedando reservado hasta la acreditación de la totalidad de las condiciones del acuerdo de reparación y la certificación de la Oficina Judicial; si ello se verifica, se producirá la extinción de la acción penal y la Fiscalía estará facultada para solicitar el sobreseimiento, en caso contrario podrá requerir la reapertura de la investigación, conforme al art. 34 del CPPF.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "I.
- Que, una vez iniciada la audiencia se le concedió la palabra, en primer lugar, al representante del Ministerio Público Fiscal, Dr. Ricardo Rafael Toranzos quien, explicó que la misma tiene como objeto la homologación de un acuerdo conciliatorio en los términos de los arts. 22 y 34 del CPPF." "Dijeron que... se receptaría la mitad del dinero secuestrado en el legajo consistente en la una suma ocho millones quinientos diez mil pesos cuatrocientos sesenta y uno pesos con sesenta y siete centavos ($8.510.461,67) y ocho mil doscientos cincuenta dólares estadounidenses (US$ 8250) los cuales serán abandonados en favor del proceso y destinados al 'Centro Eclesial el Alfarcito'... y a la fundación 'Cultura Nativa'." "IV
- Que, conforme están expuestos los acontecimientos del caso... considero que se encuentran cumplidos los extremos exigidos por la norma, vinculados a la colaboración con la tarea de la reparación del daño producido..." "RESUELVO: I.
- HOMOLOGAR el presente acuerdo acompañado por el Ministerio Público Fiscal, el cual deberá quedar reservado hasta la acreditación de la totalidad de las condiciones establecidas en el acuerdo de reparación... y si así fuera, se producirá la extinción de la acción penal, por lo que el Ministerio Publico Fiscal se encontrará facultado para solicitar el sobreseimiento del nombrado, caso contrario podrá requerir la reapertura de la investigación, conforme lo establece el art. 34 del CPPF." (No existen votos en disidencia en el expediente; la resolución fue dictada por la Sra. Juez de 1ra. Instancia Mariela Alejandra Gimenez.)

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar