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CARRIZO EUFEMIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes de haberes previsionales contra ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró admisibles los recursos y revocó parcialmente la sentencia apelada, imponiendo las costas en la Alzada y difiriendo la regulación de honorarios hasta determinar la cuantía.

Reajustes Pbu Movilidad Ley 27.609 Anses Costas en la alzada Cuantia Honorarios Actualizacion de remuneraciones Seguridad social


¿Quién es el actor?

CARRIZO, Eufemia.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales (recalculo de PBU y cuestionamientos sobre actualización de remuneraciones, movilidad y topes regulatorios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró formalmente admisibles los recursos deducidos, revocó parcialmente la sentencia apelada en el alcance expresado en los considerandos, impuso las costas en la Alzada por su orden y diferió la regulación de honorarios hasta que se determine la cuantía del asunto.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes): "Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 8/9/2021 al amparo de la ley 24.241, modificada por la ley 27.609, cuerpos normativos a la luz de los que deberán ser analizadas las quejas." "Con respecto a los agravios expresados en relación con la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte... donde concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio." "Al respecto, desde la entrada en vigencia de las leyes 27.426 y 27.609, se evidencia una clara decisión legislativa en orden al índice que corresponde considerar a los fines de la actualización de las remuneraciones, por lo tanto, la pretensión de la parte actora... debe rechazarse." "En cuanto a la movilidad del haber y atendiendo a la fecha de adquisición del derecho resultan plenamente aplicables al caso la ley 27.609, reglamentarias y modificatorias, cuyas previsiones deberán observarse estrictamente al momento de practicarse el cómputo definitivo..." "En materia de costas correspondiente a la anterior instancia... corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN 'Morales, Blanca', sentencia del 22 de junio de 2023 (Fallos: 346:634))." Además, la Cámara dispuso: "Procede diferir la regulación de honorarios para el momento en que se determine la cuantía del asunto de conformidad a lo establecido por los arts. 22 y 24 de la ley 27.423."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el bloque resolutivo final; la decisión que prevalece es la expresada en la Parte Resolutiva.

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