Logo

Incidente Nº 20 - IMPUTADO: ABARZA, EMERSON AGUSTIN ADOLFO s/Audiencia de sustanciación de impugnación (Art. 362)

Recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Emerson Agustín Adolfo Abarza fue declarado inadmisible. La Cámara Federal de Casación Penal declaró la inadmisibilidad por falta de cuestión federal y por incumplimiento de requisitos formales, resolviendo además sin costas.

Recurso extraordinario federal Inadmisibilidad Cuestion federal Arbitrariedad Ley 48 Acordada 4/2007 Casacion penal Defensa publica Sin costas Fallos.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Defensa pública oficial en representación de Emerson Agustín Adolfo Abarza (recurrente). Demandado: Tribunal de origen / Estado procesal; controvertido en sede de Casación Penal. Objeto: Se interpuso recurso extraordinario federal contra la resolución de la Cámara que rechazó la impugnación deducida por la defensa de Abarza (Expte. FSA 11404/2023/20). Decisión: Se declaró inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa pública oficial de Emerson Agustín Abarza, por mayoría, sin costas (arts. 14 y 15 de la Ley 48 y 68, 69 y 257 del CPCCN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Es pertinente señalar, tal como lo sostuvo en jurisprudencia reiterada la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el recurso extraordinario federal exige, entre otros requisitos para su procedencia, que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en la especie no ocurre (Fallos: 306:136; 305:1694 y 147:371, entre otros)." "Además, no corresponde hacer lugar a la excepción de la doctrina de la arbitrariedad de la sentencia, por cuanto en atención al carácter restrictivo de la admisión de la aludida doctrina, para que prospere la impugnación con ese respaldo, es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual la defensa no consiguió probar en autos (Fallos: 311: 1695)." "Por lo demás, la parte recurrente basó su impugnación en la reedición de agravios que tuvieron adecuada respuesta y en juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo acreditar relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal invocada (Fallos: 295:335; 300:443; 302:561 y 303:2012, entre otros)."
- Voto del Dr. Barroetaveña (preopinante): propuso declarar inadmisible el recurso, en atención a la ausencia de cuestión federal y falta de demostración de arbitrariedad.
- Voto del Dr. Mahiques: "Comparto, en lo sustancial, las consideraciones y conclusiones ... y adhiero, en consecuencia, a la solución propuesta sin costas en la instancia." (adhesión a la inadmisibilidad; puso sin costas).
- Voto del Dr. Slokar: sostuvo que "el recurso extraordinario federal deducido no cumple con los recaudos establecidos por los arts. 14 y 15 de la Ley Nº 48 y el art. 3º, incisos a), d) y e) de la Acordada nº 4/2007 ... por lo que ... corresponde declarar inadmisible la vía intentada, sin costas." (coincidencia en inadmisibilidad y en ausencia de costas).
- Nota sobre costas: el voto inicial proponía costas (Barroetaveña indicó "con costas" en su propuesta), pero el acuerdo final resolvió "sin costas", conforme a la mayoría que adhirió a ese pronunciamiento.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar