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NICASTRO LEONARDO PABLO c/ ANSES s/PENSIONES

El actor promovió demanda contra ANSES para obtener pensión derivada por fallecimiento de su madre por incapacidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de grado, rechazó la demanda y condenó en costas al actor, regulando honorarios en $707.090 (10 UMA).

Pension derivada Incapacidad Articulo 53 ley 24.241 Anses Revocatoria Costas Honorarios Inconstitucionalidad (disidencia) Separacion de hecho Camara federal de la seguridad social


¿Quién es el actor?

Leonardo Pablo Nicastro.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: petición de reconocimiento y otorgamiento de pensión derivada por fallecimiento de su madre (y liquidación de diferencias desde el 08-03-2019) por hallarse incapacitado para el trabajo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social admitió el recurso de apelación deducido por ANSES, revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda promovida por Leonardo Pablo Nicastro; impuso las costas en ambas instancias en el orden causado y reguló honorarios de la asistencia letrada del actor en $707.090 (10 UMA).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original): "De allí que asiste razón a la accionada en sus agravios en la medida que la magistrada se apartó de lo dispuesto en las normas de aplicación que no reconoce el derecho a pensión a los hijos casados (art. 53 de la ley 24.241 y Res. SSS n° 30/21), sin declarar su inconstitucionalidad en el caso." "En dicho sentido cabe señalar que es reiterada la jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación en el sentido de que no cabe apartarse del principio primario de la sujeción de los jueces a la ley ni atribuirse el rol de legislador para crear excepciones no admitidas por éste, pues de hacerlo así olvidaría que la primera fuente de exégesis de la ley es su letra y que cuando ésta no exige esfuerzo de interpretación la norma debe ser aplicada directamente con prescindencia de consideraciones que excedan las circunstancias del caso expresamente contempladas en aquélla." "De allí que corresponde rechazar la demanda en cuanto a que el estado civil del actor impide -en el marco de lo solicitado y decidido en las presentes actuaciones-, tenerlo por comprendido en la hipótesis contemplada en el art. 53 inc. e) de la ley 24.241 ya que en la inteligencia de la ley el matrimonio hace cesar el estado de desamparo del reclamante que cuenta con la asistencia del cónyuge con capacidad de trabajo, de modo que, no puede aducir que se encontraba bajo el cuidado exclusivo de sus progenitores."
- Disidencia relevante: La Dra. Victoria Pérez Tognola votó en contrario (minoría), proponiendo desestimar los agravios de la demandada y declarar la inconstitucionalidad del art. 53 de la ley 24.241 para el caso concreto, considerando acreditada la incapacidad del actor, su situación de dependencia y el fin protector de la normativa previsional; dicha propuesta quedó en minoría y no integra la decisión de la Cámara.

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