BARRIONUEVO, GERONIMO AGUSTIN c/ FALABELLA S.A. s/ORDINARIO
El actor demandó a Falabella S.A. por incumplimiento de ofertas publicadas y por daños derivados de compras online, incluido el reclamo por una computadora recibida usada. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia (desestimando la apelación del actor) y, por mayoría, hizo lugar al recurso de la demandada respecto del otorgamiento del beneficio de justicia gratuita.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Gerónimo Agustín Barrionuevo.
Demandado: Falabella S.A.
Objeto: cumplimiento de múltiples ofertas publicadas en el sitio de venta online (operaciones identificadas en Anexo I, órdenes 6 a 54 y la compra #5019252266 por una computadora Lenovo), reparación por daño moral (peticionado $75.000) y, subsidiariamente, daño punitivo y/o restitución por enriquecimiento sin causa; además, se debatieron costas y el beneficio de justicia gratuita.
Decisión: Se desestimó la apelación de la parte actora y, en consecuencia, se confirmó el pronunciamiento apelado; asimismo, por mayoría se hizo lugar al recurso de la demandada en cuanto al otorgamiento del beneficio de justicia gratuita. (Decisión mayoritaria confirmatoria del pronunciamiento de grado; la Jueza Vásquez votó en disidencia por revocar parcialmente y condenar a Falabella a cumplir ofertas y pagar daño moral.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre la aplicación del régimen consumeril y el carácter de consumidor: "La utilización del bien como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social, constituye el factor definitivo que determina a un sujeto como consumidor ... En el presente caso, el accionante manifestó que efectuó las adquisiciones en cuestión para su círculo familiar, y señaló que se dedica profesionalmente a la programación ... En las circunstancias concretas del caso, esa defensa no resulta suficiente para excluir la aplicación del régimen del derecho del consumidor." (pp. 6-8 del voto principal).
2) Sobre la vinculación de la oferta y la cancelación por la proveedora: "La oferta obliga al proponente, a no ser que lo contrario resulte de sus términos, de la naturaleza del negocio o de las circunstancias del caso ... En virtud de ello, cabe concluir que el supuesto error en la fijación del precio alegado por la demandada no resulta excusable, ni constituye causa suficiente para fundar la nulidad de las compras efectuadas." (pp. 9,15-16).
3) Sobre la prueba y la pericia informática: "la existencia de las operaciones está acreditada a partir de las facturas acompañadas por el actor y de la prueba pericial informática ... El perito afirmó que 'la demandada NO ha desconocido las compras realizadas' ... La demandada no impugnó en forma oportuna las conclusiones del experto, por lo que no veo razones serias para apartarme de la pericia, máxime teniendo en cuenta las disposiciones del artículo 53 de la ley 24.240." (pp. 11-18).
4) Sobre daños y cuantificación del daño moral (voto minoritario/majoritario respecto a resultado: la mayoría confirmó el fallo de primera instancia): "Por lo tanto, cabe concluir que efectivamente ha padecido un agravio moral que debe ser resarcido ... se fija la condena en concepto de daño moral en la suma de $ 75.000, más intereses calculados desde la fecha de la mora ―22.06.2018..." (voto de la Jueza Vásquez, fundamento para revocar; la mayoría no adoptó esta solución en el acuerdo final).
5) Disidencia relevante (Dr. Héctor Chómer): "la actuación del accionante encuadra en la descripción de ejercicio abusivo de los derechos ... configurándose así un claro caso de abuso del derecho ... sólo cabe desestimar el recurso del accionante ... Propongo ... desestimar la apelación de la parte actora y, en consecuencia, confirmar el pronunciamiento apelado; (b) hacer lugar al recurso de la demandada en cuanto al otorgamiento del beneficio de justicia gratuita." (pp. 31-37).
Nota: Los párrafos transcritos son extractos textuales relevantes del debate y muestran que la decisión mayoritaria confirmó la sentencia apelada y otorgó lo solicitado por la demandada respecto de la gratuidad; la propuesta de condenar a Falabella a cumplir y pagar daño moral fue la postura disidente (Jueza Vásquez) que no integró la decisión final.
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