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BENEGAS, PAOLA ANTONELLA c/ TPC COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. s/ORDINARIO

Acción ordinaria por incumplimiento de contrato de seguro y violación de la Ley de Defensa del Consumidor solicitando pago por robo de vehículo y rubros de daño; la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala E, confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó el reclamo por pérdida de chance y la pretensión de daño punitivo, y confirmó la condena a pagar el valor actualizado del rodado más los rubros fijados, imponiendo las costas de alzada a la demandada por resultar sustancialmente vencida.

Contrato de seguro Robo/hurto Suma asegurada Dolo obligacional Mayor dano Dano psicologico Dano moral Perdida de chance (rechazo) Dano punitivo (rechazo) Costas de alzada


¿Quién es el actor?

Paola Antonella Benegas.

¿A quién se demanda?

TPC Compañía de Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: cobro de $1.482.610 (liquidación) por incumplimiento del contrato de seguro por robo/hurto de un vehículo Ford Fiesta 2008; se reclamaron además daño punitivo, daño moral, daño psíquico, privación de uso y otros rubros.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia. En consecuencia, se rechazó el recurso de la actora y se desestimó (rechazó) también el recurso de la demandada, confirmando lo dispuesto en la instancia anterior; se impusieron las costas de alzada a la demandada en su condición de parte sustancialmente vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En efecto, éste se caracteriza por la intención deliberada del deudor de no cumplir con su obligación con absoluta indiferencia sobre el daño causado y justifica entonces, que la responsabilidad de la accionada no se limite al solo monto que arrojen los intereses moratorios, generalmente aplicados por esta Sala ante los casos de incumplimiento contractual, pues no resultaría tolerable que el deudor se escudara en el efecto limitativo de un pacto de intereses o de una cláusula penal o de una conocida tasa de intereses corrientes, para eximirse de la sanción que, ordinariamente, cuadra aplicar a su comportamiento si éste es doloso..." "Así pues, la conducta dolosa aquí analizada es la que autoriza en este caso a extender la responsabilidad de la compañía de seguros más allá de la suma asegurada y por el mayor daño que haya sido producido, a fin de resarcir el menoscabo patrimonial padecido por la demandante, resultante de la pérdida de poder adquisitivo de aquella suma." También se reprodujeron y tuvieron en cuenta los fundamentos de la pericia psicológica: "…la perito psicóloga desinsaculada en autos determinó la existencia de daño psicológico susceptible de ser indemnizado…" El Tribunal confirmó el monto de $120.000 en concepto de daño psicológico por ajustarse al dictamen pericial y confirmó los rubros de privación de uso ($50.000) y daño moral ($100.000) fijados por el juez de grado.
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la Sra. Jueza Vásquez adhirió pero agregó una ampliación de fundamentos sobre la justificación en la mora.

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