Incidente Nº 3 - NN: GONZALEZ QUIROGA, CRISTIAN GABRIEL s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Solicitud de homologación de acuerdo pleno por tenencia simple de estupefacientes y pedido de condena. El Juzgado homologó el acuerdo, condenó a Cristian Gabriel González Quiroga a 1 año de prisión de cumplimiento efectivo y multa de $112,50, y revocó el arresto domiciliario ordenando su traslado a Unidad 32 y posterior alojamiento en el Complejo Penitenciario VI.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal / Fiscal Federal Dr. Ignacio Sabas (con conformidad del Fiscal Superior).
Demandado: Cristian Gabriel González Quiroga (imputado).
Objeto: Homologación de un acuerdo pleno celebrado entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa del imputado (art. 323 y ss. CPPF), por hechos imputados de tenencia simple de estupefacientes (clorhidrato de cocaína, 11 gramos) y la imposición de la pena acordada.
Decisión: Se homologó el acuerdo pleno, se condenó a Cristian Gabriel González Quiroga a 1 (un) año de prisión de cumplimiento efectivo y al pago de la multa mínima de $112,50 por el delito de Tenencia Simple de Estupefacientes (art. 14, 1ª parte, ley 23.737). Se revocó el arresto domiciliario y se ordenó el inmediato traslado del condenado a la Unidad 32 de Mendoza para su posterior alojamiento en el Complejo Penitenciario VI. Se autorizó la destrucción de la droga secuestrada y el decomiso del dinero y demás elementos incautados; y se ordenaron las comunicaciones y remisiones pertinentes a los tribunales de la jurisdicción provincial para la unificación de condenas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Entiendo que la mutación de la calificación deviene de una lógica razonada de la prueba colectada y de la aplicación de la sana crítica racional. Además, como política criminal comprendí que era razonable la manifestación de la dificultad de sostener la calificación inicial en un juicio oral. La existencia de un comprador de sustancia estupefaciente del domicilio del imputado y que la sustancia hallada al mismo no coincide con la secuestrada momentos posteriores en el domicilio de GONZALEZ QUIROGA es un elemento de valor para esa variación."
"Por todo lo expuesto entiendo que el Ministerio Público Fiscal no ha podido acreditar la finalidad y el destino de la sustancia secuestrada. Comprendo que es un razonamiento válido sostener que la cantidad de sustancia secuestrada, los elementos hallados y la prueba reunida, no permitan sostener que su destino fuera su comercialización, pero que tampoco surge de modo inequívoco que fuera para su consumo. Por todo ello es que la figura de la Tenencia Simple de Estupefacientes, art. 14, 1° parte de la ley 23.737 aparece como correcta en el caso concreto."
"En virtud de ello, teniendo presente las pautas generales que regulan la sanción penal previstas en los arts. 40 y 41 del C.P., considero justa equitativa y razonable la pena solicitada y acordada. Entiendo que aparece como razonable y dentro del marco legal para este pronunciamiento."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el expediente analizado.
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