DOMINGUEZ, OSVALDO WALTER c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA Y OTROS s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Acción declarativa de inconstitucionalidad contra el Decreto 679/97 y reclamo de liquidación de haberes y honorarios. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia en lo sustancial, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, modificó la regulación de honorarios fijando 28 UMA ($1.823.724) y ordenó imponer costas a la demandada.
Actor: Osvaldo Walter Domínguez. Demandado: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina y otros. Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad respecto del DNU/Decreto 679/97 y orden de liquidación de haberes limitando el descuento previsional al 8%, cese de retenciones y restitución de sumas; además, regulación de honorarios por la actuación letrada.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación de la demandada y se confirmó la sentencia de primera instancia en lo apelado; se hizo lugar al recurso de apelación de la representante del actor para modificar la regulación de honorarios, fijando los honorarios de primera instancia del patrocinio en $1.823.724 correspondientes a 28 UMA; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del Decreto 157/2018; se impusieron las costas de la alzada a la demandada; y se reguló en esta instancia los honorarios de los profesionales en un 30% de lo previsto en primera instancia.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "En consecuencia, corresponde regular los honorarios profesionales siguiendo las pautas que establece el art. 16 y 48 última parte de la ley N° 27.423... Deberán valorarse... la extensión y calidad de la labor profesional desarrollada, la complejidad y novedad de la cuestión planteada...".
- "En virtud de ello, teniendo en cuenta la labor desarrollada por los representantes del actor, apreciada la misma en su novedad, calidad, eficacia y extensión, y en aplicación estricta de los arts. 48 y 20 de la ley N° 27.423, corresponde regular en 28 UMA los honorarios profesionales de la parte actora, en el doble carácter, representados en la suma de $ 1.823.724 conforme la Resolución 3495/2024 vigente al momento de dictarse la sentencia apelada, que fijó el valor UMA en $ 65.133."
- "Corresponde confirmar las costas de primera instancia a la vencida e imponer las costas de la presente instancia a la demandada vencida."
- "Declarándose la inconstitucionalidad del decreto 679/97... corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 Decreto 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida (conf. Art. 36 Ley N°27.423 y Art. 68, 1° párrafo del C.P.C.C.N.)."
Votos discrepantes: No se registra disidencia; los Dres. Castiñeira de Dios y Pizarro adhieren al voto que expone Pérez Curci, quien abrió el acuerdo.
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