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BARRIONUEVO, CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Recurso de apelación de ANSES contra la sentencia que ordenó recalcular el haber jubilatorio y declarar inconstitucionales normas y decretos aplicados. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso y confirmó la sentencia de primera instancia, manteniendo la aplicación del índice ISBIC para el haber inicial, la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo y la imposición de costas a ANSES.

1) recurso de apelacion 2) seguridad social 3) reajuste jubilatorio 4) haber inicial 5) isbic 6) ripte 7) inconstitucionalidad articulo 2 ley 27.426 8) exencion impuesto a las ganancias 9) costas (art. 36 ley 27.423) 10) anses


¿Quién es el actor?

BARRIONUEVO, CARLOS ALBERTO.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; petición de recalculo del haber jubilatorio inicial, actualización de la PBU, exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos y declaración de inconstitucionalidad de normas (art. 2 ley 27.426 y decretos/ resoluciones relativos a la movilidad).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y se impusieron las costas a la demandada perdidosa; no se regularon honorarios de la representación de la actora por no haber intervenido en esta instancia; respecto de los honorarios profesionales de la demandada ANSeS corresponde lo dispuesto en el art. 2 de la ley arancelaria.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): a) "En relación al agravio sobre la determinación del haber inicial de los aportes realizados en relación de dependencia corresponde ratificar lo dispuesto por el Sr. Juez a quo, ya que se ha aplicado correctamente la doctrina del leading case “Elliff”. Allí se ordenó la aplicación sin la limitación temporal del índice de los salarios básicos de la industria y la construcción
- personal no calificado-, adoptado por la resolución de ANSES 140/95." b) "En efecto, la Corte concluyó que con la resolución N° 56/2018 (después de que finalizada la vigencia del art. 24 de la ley nº 24.241 por la sanción de la ley nº 26.417) ANSeS se arrogó una facultad que ya no poseía, como tampoco la tenía la Secretaría de Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, al dictar la resolución N° 1/2018 que ratificó el RIPTE... Por lo expuesto, propongo no hacer lugar al planteo del recurrente y, en consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad de oficio del Decreto 807/16, de la Resolución de ANSES 56/2018 y de la Secretaria de la Seguridad Social 1/2018... debiendo mantener el índice ISBIC para la actualización del haber inicial (conforme al precedente “Elliff”)." c) "Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora." d) "Las costas de la presente instancia se impondrán a la demandada vencida. (Fallo “MORALES BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO”
- art. 36 de la ley nº 27.423)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los tres vocales (Pizarro, Pérez Curci y Castiñeira de Dios) resolvieron en acuerdo (el voto que fundamenta es el del Dr. Manuel Alberto Pizarro y los otros dos adhieren).

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