MUÑOZ, JUANA MERCEDES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo por reajustes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de normas aplicadas a retroactivos. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación de ANSeS, confirmó la declaración de inconstitucionalidad parcial del art. 2 de la ley 27.426 respecto de los períodos julio-diciembre 2017, ordenó que el retroactivo no sea alcanzado por el impuesto a las ganancias y puso las costas a cargo de ANSeS.
¿Quién es el actor?
MUÑOZ, JUANA MERCEDES.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes previsionales (reajustes varios), con pedido de declaración de inconstitucionalidad de normas (art. 2 de la ley 27.426) y cuestionamiento sobre afectación del retroactivo por impuesto a las ganancias; discusión sobre aplicación de topes y movilidad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza, Sala A, rechazó el recurso de apelación deducido por ANSeS y confirmó la resolución de primera instancia. Se impusieron las costas a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423). No se regularon honorarios de la representación de la actora por no haber intervenido en esta instancia; respecto de los honorarios de ANSeS, corresponde lo dispuesto en el art. 2 de la ley arancelaria.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En efecto, la doctrina 'Villanustre', que determina que 'las diferencias a abonarse en favor del interesado no podrán exceder en ningún caso los porcentajes establecidos por las leyes de fondo', tiene sentido en el régimen de la Ley 18037... Pero no es aplicable al régimen de la Ley 24241, en el cual el haber inicial no está determinado en un porcentaje de cierto haber de referencia (cfr. sus arts. 20 y cc., 24 y cc. y 30 y cc.)."
"Por lo tanto, considero que debe confirmarse la declaración de inconstitucionalidad declarada por el juez de primera instancia en la sentencia impugnada ya que estimo que la aplicación retroactiva sobre los periodos devengados de julio a diciembre del año 2017 como lo ordena el artículo 2 de la ley nº 27.426 es regresiva respecto de la movilidad alcanzada por la derogada ley nº 26.417, en el mismo periodo."
"En cuanto al agravio que versa sobre la imposibilidad de afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias... la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria. Así, no se cuestiona la constitucionalidad de la ley sino que el a-quo se expide sobre la falta de aplicación al caso..."
"Las costas de la presente instancia se impondrán a la demandada vencida (Fallo 'MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO' art. 36 de la ley nº 27.423)."
- Votos: El Dr. Gustavo E. Castiñeira de Dios emitió el voto que fundamenta la decisión; los Dres. Manuel A. Pizarro y Juan I. Pérez Curci adhirieron al voto. No se registran disidencias.
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