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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MUÑOZ, RAUL MANUEL s/INFRACCION LEY 23.737

Juicio abreviado por comercio de estupefacientes contra Muñoz Raúl Manuel; la Cámara homologa el acuerdo, lo declara autor penalmente responsable y le impone 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas, además del decomiso de bienes y la destrucción de la droga.

Juicio abreviado Comercio de estupefacientes Ley 23.737 Condena Pena 4 anos Multa 45 unidades fijas Decomiso Destruccion de droga Prision domiciliaria Tribunal oral federal


- Actor (quién acusa/propone): Ministerio Público Fiscal, representado por la Dra. María Florencia Monella (Auxiliar Fiscal).
- Demandado / Imputado: Muñoz Raúl Manuel, DNI 16.419.004.
- Objeto de la causa: Juicio abreviado por el delito de comercio de estupefacientes (art. 5 inc. c Ley 23.737), por la comercialización de cocaína al menudeo desde su domicilio y mediante delivery entre el 14/08/2024 y el 05/09/2024.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo de juicio abreviado; se declaró a Muñoz Raúl Manuel autor penalmente responsable del delito de comercio de estupefacientes (art. 5 inc. c Ley 23.737) y se le impuso la pena de cuatro (4) años de prisión, más multa de 45 unidades fijas, accesorias legales y costas del proceso (incluido el costo de la pericia); se decomisó todo el dinero secuestrado, el celular y el vehículo Toyota Corolla dominio FBY 420; se ordenó destruir la droga y demás objetos relacionados conforme al art. 531 (devolución o destrucción según corresponda). En relación a la prisión domiciliaria solicitada por la defensa, el juez indicó que se considerará mientras la resolución no esté firme.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes del fallo): "Dice que de acuerdo al requerimiento fiscal obrante a fs. 341/350 del presente expediente, el hecho requerido de juicio atribuido al imputado es haber comerciado con estupefacientes desde su domicilio sito en calle Lombardo Nro. 687 de la ciudad de Puerto Madryn, recibiendo personas por escasos minutos y también bajo la modalidad de delivery... Que ello lo habría materializado desde el 14 de agosto al día 5 de septiembre de 2024." "En el allanamiento realizado en su domicilio (fs. 89/91) se secuestró 155 envoltorios con un total de 800,98 gramos de cocaína, dos balanzas con restos, recortes de nylon, cuchara con restos, pastillas, un envoltorio de 2.9 gramos de marihuana, un celular y $812.000; ... del vehículo Corolla se incautó $363.000 y anotaciones (conforme pericia química de fs. 294/309)." "Con todos estos elementos, como así también la pericia que dio cuenta de que efectivamente era cocaína, entiendo que la prueba es más que suficiente para tener acreditado el hecho y la responsabilidad del señor Muñoz... Por ello, entiendo que el acuerdo al que arribaron las partes, es razonable, lógico y se encuentra dentro de la legislación penal en la materia de estupefacientes, y no hay obstáculo para el acuerdo en los términos del 431 bis del CPPN."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; la resolución es de Juez de Cámara en forma unipersonal.

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