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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CAMPOS, SERGIO DARÍO Y OTROS s/FALSEDAD IDEOLOGICA

Juicio por falsedad ideológica e incumplimiento de deberes: se condenó al verificador policial Sergio D. Campos por confeccionar un Formulario 12 sin verificar el vehículo. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Santiago del Estero) condenó a Campos a 3 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial por el doble del tiempo de la pena y costas; absolvió por beneficio de la duda a María F. Condorí, Federico Vargas y Melisa N. Fernández.

Falsedad ideologica Incumplimiento de deberes de funcionario publico Formulario 12 In dubio pro reo Condena condicional Inhabilitacion Absolucion por duda Tribunal oral federal Dnrpa Transferencia de automotor

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Dra. Indiana Garzón y Fiscal Auxiliar Dr. Pablo Álvarez).
- A quién se demanda (Demandados/imputados): Sergio Darío Campos; María Fernanda Condorí; Federico Vargas; Melisa Natalia Fernández.
- Qué se reclama (Objeto de la acusación): Se imputó a Campos falsedad ideológica de instrumento público (art. 293 CP) en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público (art. 248 CP) por confeccionar y rubricar un Formulario 12 registral sin haber verificado físicamente el vehículo; a Vargas partícipe necesario de falsedad ideológica; a Condorí uso de documento público falso (art. 296 CP); a Fernández uso de documento público falsificado y estafa a la administración pública en grado de tentativa. Decisión: Se condenó a Sergio Darío Campos a TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, INHABILITACIÓN ESPECIAL por el doble de tiempo de la condena y COSTAS; se le impusieron reglas de conducta por dos (2) años (fijar domicilio y someterse a patronato; abstenerse de estupefacientes/abuso de alcohol). Se absolvieron, por aplicación del beneficio de la duda, a María Fernanda Condorí, Federico Vargas y Melisa Natalia Fernández. (Texto conforme a la Parte Resolutiva).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo): "El encartado dejó asentado en dicho formulario haber controlado físicamente el vehículo y cotejado sus datos identificatorios con la respectiva documentación (cédula verde y título del automotor), cuando en realidad nunca pudo inspeccionarlo físicamente." (fundamento sobre la falsedad ideológica). "El accionar desplegado por Campos encuadra en el tipo penal previsto en el artículo 293 del Código Penal, configurando el delito de falsedad ideológica de instrumento público, al haber insertado datos contrarios a la verdad en un documento público que, por su naturaleza y finalidad, hace plena fe..." (fundamento sobre la configuración del delito). "En consecuencia, corresponde tener por acreditada la materialidad y autoría del hecho en cabeza del acusado, en los términos del artículo 293 del Código Penal." (conclusión probatoria respecto de Campos). Sobre Vargas: "nos encontramos ante una incertidumbre respecto al modo de consumación del delito... los elementos colectados durante el juicio resultan insuficientes para sostener, con el grado de convicción necesario, su responsabilidad penal... En consecuencia, en razón del beneficio de la duda no puede reprocharse penalmente a Vargas..." Sobre Condorí: "no se ha logrado acreditar en el Debate que la señora Condorí haya actuado con conocimiento de dicha circunstancia ni con la intención de engañar... concluye que no hay en la causa elementos que permitan sostener, más allá de toda duda razonable, que María Fernanda Condorí supiera que el instrumento era falso... corresponde dictar su absolución por el beneficio de la duda..." Sobre Fernández: "la acusación no pudo probar que haya existido algún tipo de participación o conocimiento directo de la Sra. Fernandez, respecto de la irregularidad del formulario adulterado... corresponde dictar su absolución por el beneficio de la duda respecto del delito imputado."
- Disidencias: El fallo se resolvió por unanimidad; no hay votos en disidencia relevantes.

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