Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MELI, JORGE DAMIAN Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737
Cuatro imputados fueron juzgados por transporte y tenencia con fines de comercialización de marihuana mediante un acuerdo de juicio abreviado. El Tribunal condenó a Jorge D. Meli, Luis A. Benítez Fernández, César A. Guevara Peralta y Edgardo B. Maidana a cinco años y dos meses de prisión y multa de 50 unidades fijas, disponiendo además decomiso de efectos y costas por considerar acreditados los hechos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Dr. Eduardo Codesido actuó en la causa).
- A quién se demanda (Demandados): Jorge Damián Meli; Luis Alberto Benítez Fernández; César Armando Guevara Peralta; Edgardo Bautista Maidana.
Objeto: Responsabilidad penal por tráfico de estupefacientes — modalidad de transporte (Meli y Benítez Fernández) y tenencia con fines de comercialización (Guevara Peralta y Maidana) — por hechos del 16 de diciembre de 2023 que implicaron el secuestro de grandes cantidades de marihuana.
Decisión: Se condenó a los cuatro imputados a cinco (5) años y dos (2) meses de prisión, multa de cincuenta (50) unidades fijas, accesorias legales y costas; se intimó al pago de la multa; se decretó decomiso y destrucción del estupefaciente; decomiso de $47.000 y $25.100 y de la balanza; se formó incidente para analizar decomiso del vehículo Mercedes Sprinter; se puso a disposición la Hilux (dominio GEO-135) a la UFI N°6; y se comunicará la sentencia a Migraciones y consulados (arts. citados en la resolución).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
"Luego de sopesar el alcance de la presentación efectuada y habiéndose examinado detalladamente los elementos objetivos que surgen de las presentes actuaciones, habré de convalidarlo, ya que se cumplen todos los recaudos legales exigidos por la normativa de aplicación. En efecto, comparto la forma en que fue descripto el hecho, con el expreso consenso de la fiscalía, de las defensas y de los justiciables, como así también la calificación legal propiciada en cada caso, el grado de participación y la responsabilidad que les cabe en autos, circunstancias que emergen palmariamente del universo de elementos probatorios obrantes en la presente causa."
"En síntesis, este conjunto de elementos incriminantes, analizados en su global armonía de acuerdo con la directriz establecida en el art. 398 del C.P.P.N., brinda la certeza que
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