CAMPOY RUIZ, FERNADO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes varios de la PBU/PC/PAP y recálculo del haber inicial. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de 03/10/2024, rectificó el resolutivo III rechazando el planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo las costas a ANSES.
¿Quién es el actor?
CAMPOY RUIZ, FERNANDO.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: reclamo de reajustes varios de haberes previsionales (PBU/PC/PAP), recálculo del haber inicial y cuestiones sobre aplicación de índices (ISBIC, RIPTE, precedentes como Quiroga, Elliff, Makler), y cuestionamientos de constitucionalidad de normas (art. 2 ley 27.426; art. 3 DNU 157/2018).
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES en cuanto a la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 (rechazando dicho planteo sobre las movilidades correspondientes a julio-diciembre de 2017), confirmó la sentencia de fecha 03/10/2024 con la rectificación indicada, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y, en consecuencia, impuso las costas a la vencida; no se regularon honorarios de la representación de la actora por no haber intervenido y los de ANSeS se ajustarán al art. 2 de la ley arancelaria.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Los jueces no están obligados a seguir a las partes en todas sus alegaciones sino sólo aquéllas que estimen conducentes para la correcta solución del litigio" (Fallos 287:230 y 294:466).
"Siguiendo a la CSJN in re 'Gualtieri, Alberto c/ ANSES s/ Reajustes Varios' de fecha 11/04/17: '…permitir que el trabajador que cotizó solo por una parte de su salario de actividad en virtud del límite contenido en el art. 9 de la ley 24.241, obtenga una prestación que incluya las sumas por las que no contribuyó al sistema, constituiría un verdadero subsidio contrario a la protección del esfuerzo contributivo realizado por el conjunto de los afiliados'."
"El fallo de la CSJN, FCR 21049166/2011/CS1 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634) de fecha 22/06/2023, estableció que las costas serán impuestas a la vencida o por su orden, según lo establecido por el art. 36 de la ley 27.423... En dicho precedente, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018..."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; la decisión fue unánime.
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