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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: HERRERA, BLANCA PRISCILA Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

Juicio abreviado por transporte de estupefacientes que imputó a dos pasajeros el traslado de 23,425 kg de MD/Éxtasis. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Posadas, juez unipersonal Moreira) condenó a Blanca Priscila Herrera y a Joaquín Alejandro Gollo a cinco años de prisión, multa de $962.500 y accesorias, mantuvo la prisión domiciliaria para Herrera y ordenó decomisos y destrucción de evidencia vinculada.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (propuesta fiscal para conversión a juicio abreviado presentada por la Sra. Fiscal General Oral Federal Dra. Vivian Andrea Barbosa). Demandado: BLANCA PRISCILA HERRERA (DNI 41.435.963) y JOAQUÍN ALEJANDRO GOLLO (DNI 40.813.113). Objeto: Imputación y requirimiento punitivo por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes en la modalidad de transporte (art. 5 inc. c Ley 23.737), por el hallazgo de 23,425 Kgs de metilendioximetanfetamina (MD / éxtasis) en valijas de los imputados. Decisión: Se condenó a BLANCA PRISCILA HERRERA y a JOAQUÍN ALEJANDRO GOLLO a la pena de CINCO AÑOS DE PRISIÓN, MULTA DE PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($962.500,00) -55 unidades fijas-, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS, como autores del delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES; se mantuvo la prisión domiciliaria de Herrera en los términos del fallo; se ordenó la destrucción por incineración de contramuestras y de los celulares secuestrados, se decomisó y, en su momento, se entregará al condenado Gollo la frazada no vinculada probada en autos, y se incorporaron ciertas piezas y pasaje a la causa antes de pasar a ejecución penal. La resolución se dictó en virtud de la conversión al trámite de juicio abreviado y de la valoración de prueba reunida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Se ha acreditado, en las circunstancias de tiempo y lugar reseñados en la plataforma fáctica, que BLANCA PRISCILA HERRERA y JOAQUIN ALEJANDRO GOLLO, fueron detenidos mientras viajaban como pasajeros a bordo de un colectivo de larga distancia, transportando por territorio argentino dentro de sus valijas, la cantidad de veintitrés kilos con cuatrocientos veinticinco gramos (23

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