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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PAPADOPULOS, JESUS BRIAN Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.769 DENUNCIANTE: AFIP - DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA Y OTROS

Juicio abreviado por asociación ilícita fiscal contra integrantes del denominado GRUPO CHRISTON/TAN. La Cámara (Tribunal Oral Penal Económico N°3, Dr. Luis A. Imas) homologó el acuerdo, condenó a los imputados por asociación ilícita fiscal y aplicó penas de 5 años de prisión para Jesús Brian Papadópulos (con cumplimiento en arresto domiciliario) y de 3 años de prisión en suspenso para los demás con imposición de reglas de conducta y donaciones.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (representado por el Dr. Diego Velasco, interinamente a cargo de la Fiscalía N°4 ante los Tribunales Orales en lo Penal Económico) y parte querellante ARCA (Dra. Laura Gutiérrez Babsia), que actuó como querellante particular.
- A quién se demanda (Demandados): Débora Belén Christon; Diego Leonardo Tan; Daniel Christon; Alexis Ezequiel Tan; Israel Platon Platon; Moisés Cristo Miguel; Jesús Brian Papadopulos; Jorge Alberto Papadopulos (todos identificados en autos). Objeto: Homologación de un acuerdo de juicio abreviado y imposición de penas por la comisión del delito de asociación ilícita fiscal (art. 15 inc. c) del régimen penal tributario, art. 279 Ley 27.430), por la confección y comercialización de documentación contable apócrifa y funcionamiento de usinas de facturación. Decisión: Se homologó el acuerdo de juicio abreviado y, en consecuencia, se condenó a los imputados por asociación ilícita fiscal conforme al bloque dispositvo final: a Jesús Brian Papadópulos a CINCO (5) AÑOS DE PRISIÓN (en carácter de jefe y autor) y a los restantes acusados a TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN EN SUSPENSO (en calidad de miembros/coautores), con imposición de reglas de conducta (art. 27 bis CP) por tres años, donaciones a la Asociación Cooperadora del Hospital de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", unificación de la pena de Alexis E. Tan en 3 años en suspenso y otorgamiento de arresto domiciliario para Jesús Brian Papadópulos en Larrazábal 668, CABA. Las costas del proceso fueron impuestas a los condenados y se difirió regulación de honorarios hasta firmeza de la sentencia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes; lenguaje original del tribunal): "VII.-Que, las constancias recolectadas durante la instrucción (a las cuales cabe atenerse en el marco de las previsiones del art. 431 bis del C.P.P.N.), valoradas a la luz de las reglas de la sana crítica racional, permiten tener por acreditado –con el grado de certeza exigido
- que Jesús Brian PAPADOPULOS, en su carácter de jefe, lideró un grupo criminal denominado 'GRUPO CHRISTON/TAN', integrado por Moisés CRISTO MIGUEL, Israel PLATON PLATON, Diego Leonardo TAN, Daniel CHRISTON, Alexis Ezequiel TAN y Débora Belén CHRISTON, quienes se dedicaron de forma habitual y organizada, al menos desde agosto de 2018 hasta febrero de 2019, a la confección y comercialización de documentación contable apócrifa. Asimismo, se acreditó la participación de Jorge Alberto PAPADOPULOS en las actividades espurias desplegadas por la organización, encargándose de efectuar los engaños necesarios a Marco Antonio ORTIZ y Diego Hernán CORONEL para que se inscribieran en la AFIP con la finalidad de que sus registros fueran utilizados como usinas generadoras de documentación contable falaz, participando además en la comercialización de la documentación contable junto a su hijo Jesús Brian PAPADOPULOS." "XII.
- Que, en orden a las sanciones a imponer, corresponde señalar que, en el acuerdo de juicio abreviado, las partes acordaron que se imponga a: 1) JESÚS BRIAN PAPADÓPULOS, la pena de CINCO (5) AÑOS DE PRISIÓN Y LAS COSTAS DEL PROCESO, por considerarlo penalmente responsable del delito de asociación ilícita fiscal, en carácter de jefe, en calidad de autor (art. 15 inc. "c" del art. 279 de la Ley 27.430, arts. 29 inc. 3°, 45 del CP y arts. 530 y 531 del CPPN)., 2) Diego Leonardo TAN, Débora Belén CHRISTON, Daniel CHRISTON , Cristo Miguel MOISES, Israel PLATON PLATON, y Jorge Alberto PAPADOPULOS, la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN EN SUSPENSO Y LAS COSTAS DEL PROCESO, por considerarlos penalmente responsables del delito de asociación ilícita fiscal, en carácter de miembros, en calidad de coautores..." "Por ello, corresponde hacer lugar a la solicitud de arresto domiciliario solicitada por la defensa de Jesús Brian PAPADÓPULOS, el que se cumplirá en su residencia sita en la calle Larrazábal 668 de CABA, imponiéndose por tal motivo: a) Se prohíbe al condenado ausentarse del domicilio real fijado en la presente resolución como lugar de cumplimiento del arresto domiciliario dispuesto por la presente. b) Deberá solicitarse previamente autorización al Tribunal en caso que se verifique alguna circunstancia que requiera que el condenado se ausente de su domicilio. c) Designar como persona responsable del cumplimiento de las obligaciones impuestas por la presente a Sandra Cristo... d) Encomendar la supervisión de la medida de arresto domiciliario... a la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal y de la Dirección de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el bloque resolutorio final; la decisión expresada en la parte resolutiva prevalece. 8.

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