Incidente Nº 1 - IMPUTADO: COMAN, RICARDO ALBERTO s/Audiencia Multipropósito General
Audiencia por control de detención e incompetencia en causa por tenencia de estupefacientes; se declaró la incompetencia del fuero federal y se remitieron los secuestros a la Fiscalía de Embarcación. El Juzgado federal prorrogó excepcionalmente la detención de Ricardo Alberto Coman por 72 horas y dejó planteada la contienda de competencia ante el superior.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (representado por el Dr. Matías Aguilera, Fiscal Auxiliar de Tartagal).
Demandado: Ricardo Alberto Coman (imputado).
Objeto: Audiencia de control de detención e incidencia sobre la competencia por un hecho de tenencia de estupefacientes (hallazgo de 335 gramos de cocaína, con elementos que podrían indicar fraccionamiento/destino a comercialización).
Decisión: Se declaró la incompetencia material del Fuero Federal para intervenir en las presentes actuaciones; se remitieron los secuestros a la Fiscalía que por turno corresponda de la ciudad de Embarcación; se dejó planteada la formal contienda de competencia ante el superior; se prorrogó la detención de Ricardo Alberto Coman por setenta y dos (72) horas conforme al artículo 216 del CPPF; y se ordenó librar oficios inmediatos a la Fiscalía de Embarcación y al Juzgado Federal de Santiago del Estero. (Ver resolución transcripta arriba.)
- Fundamentos principales de la decisión (trascripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En base a este criterio, por la escasa cantidad, según el Dr. Aguilera, a lo cual adhiere el Dr. Polacco, sería destinada, en principio, a la comercialización -por la forma en que se encontraba acondicionada
- o simplemente estaríamos en el caso de una tenencia simple."
"Si bien es cierto que la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso Echeverria ha sostenido que la competencia en materia federal, en materia de estupefacientes es prioritaria, hay una excepción y es cuando las provincias han asumido por voluntad propia, mediante una ley de adhesión, la competencia también en la lucha contra este flagelo..."
"En este sentido la Provincia de Salta dictó la ley 7.782 que entró en vigencia el 1 de enero del 2.014 y adhirió a la ley 23.737, y entonces se establece en este caso la desferalizacion de la materia estupefaciente..."
"Respecto a la solicitud de prisión preventiva... al haberse declarado la incompetencia por parte de este Juzgado, mal podría el suscripto disponer la prisión preventiva de Ricardo Alberto Coman. Lo que sí puedo hacer... es disponer una medida extraordinaria en base al artículo 216 del Código Procesal Penal Federal de prorrogar por setenta y dos (72) horas la detención..."
Se aclara que dichas citas integran los fundamentos del juez y conforman la base de la decisión mayoritaria; no existe en el expediente votación plural que contradiga lo resuelto en la parte dispositiva final.
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