Incidente Nº 2 - IMPUTADO: LEIVA, CARLOS ANTONIO Y OTRO s/Audiencia de sobreseimiento (Art. 272, CPPF)
Audiencia de sobreseimiento respecto de imputados por encubrimiento de contrabando; el Juzgado federal dictó el sobreseimiento total y definitivo de Luciano Exequiel Torres por haberse cumplido las condiciones de la suspensión del proceso a prueba, y de Carlos Antonio Leiva por aplicación del criterio de oportunidad. Asimismo ordenó comunicar la resolución a las policías provinciales de Córdoba y Santiago del Estero y al Registro Nacional de Reincidencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El Ministerio Público Fiscal intervino en la audiencia; la resolución responde a la tramitación del incidente de sobreseimiento promovido en la causa (Carpeta Judicial Nº 12326/2023, Incidente Nº 2).
Demandado: Imputados/beneficiarios: CARLOS ANTONIO LEIVA (DNI 32.612.087) y LUCIANO EXEQUIEL TORRES (DNI 39.735.175).
Objeto: Solicitud de sobreseimiento en relación al delito de encubrimiento de contrabando (art. 874 apartado 1 inc. "d" de la Ley 22.415), con pedido fundado en cumplimiento de medidas de suspensión del proceso a prueba (para Torres) y en la aplicación del criterio de oportunidad (para Leiva).
Decisión: Se dictó el sobreseimiento total y definitivo de ambos imputados en los términos señalados, y se ordenó comunicar la resolución a la División Antecedentes de las Policías de Córdoba y Santiago del Estero y al Registro Nacional de Reincidencia; se registró y notificó la resolución. (Fecha de firma: 11/06/2025. Firmado por Juez Julio Leonardo Bavio).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"DICTAR SOBRESEIMIENTO TOTAL Y DEFINITIVO en favor de LUCIANO EXEQUIEL TORRES, de las demás condiciones personales ya detalladas, en relación al delito de encubrimiento de contrabando (art. 874 apartado 1 inc. "d" de la Ley 22.415), por haberse cumplido las condiciones impuestas en la suspensión del proceso a prueba dispuesta a su favor (Arts. 35 y 269 inc. 'g' del Código Procesal Penal Federal)."
"DICTAR SOBRESEIMIENTO TOTAL Y DEFINITIVO en favor de CARLOS ANTONIO LEIVA, de las demás condiciones personales ya detalladas, en relación al delito de encubrimiento de contrabando (art. 874 apartado 1 inc. 'd' de la Ley 22.415), por aplicación del criterio de oportunidad (art. 269 inc. 'g' del Código Procesal Penal Federal)."
"ORDENAR la comunicación a la División Antecedentes de la Policía de las Provincias de Córdoba y Santiago del Estero, y al Registro Nacional de Reincidencia. IV.
- REGÍSTRAR y notificar. No siendo para más se da por finalizado el acto.-"
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el texto suministrado.
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