SEGOVIA, EDGARDO RAUL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajuste previsional contra ANSES por haberes y retroactivos; la Cámara Federal de Mendoza confirmó en lo fundamental la sentencia de primera instancia, declaró la inconstitucionalidad de Resol. ANSES 56/2018 y Resol. SSS 1/2018, y concedió parcialmente la apelación de la actora ordenando el reajuste de los haberes de enero y febrero de 2021 conforme a la Ley 27.426 suspendida y la aplicación de la tasa de interés del BCRA.
¿Quién es el actor?
SEGOVIA, EDGARDO RAÚL (la actora/jubilado).
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional, liquidación de retroactivos, aplicación de índices de movilidad y tratamiento del impuesto a las ganancias sobre retroactivos; pedidos de actualización y ajuste del haber inicial y posteriores.
¿Qué se resolvió?
La Cámara NO HACE LUGAR al recurso de apelación deducido por ANSES y CONFIRMA la sentencia de primera instancia en lo que fue materia de apelación; DECLARA la INCONSTITUCIONALIDAD de oficio de la Resolución ANSES 56/2018 y de la Resolución SSS 1/2018; HACE LUGAR PARCIALMENTE al recurso de la actora y MODIFICA el resolutivo para ORDENAR a ANSES que reajuste el haber previsional de la actora a enero y febrero de 2021 con las movilidades que le hubiesen correspondido de haberse aplicado la Ley N°27.426 suspendida, convalidándose para los períodos anteriores los decretos cuestionados, adicionando la tasa de interés del BCRA desde enero de 2021 hasta su efectivo pago; DECLARA inconstitucional el artículo 1° de la Ley N°27.609; ORDENA las liquidaciones correspondientes y confirma el resto de la sentencia de fecha 11/11/2024; impone costas a ANSES y regula honorarios en un 30% adicional respecto de lo fijado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
“En efecto, la Corte concluyó que con la resolución N° 56/2018 ... ANSeS se arrogó una facultad que ya no poseía, como tampoco la tenía la Secretaría de Seguridad Social ...” (Voto).
“... corresponde declarar la inconstitucionalidad de oficio de la Resolución de ANSES 56/2018 y de la Secretaria de la Seguridad Social 1/2018, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en el fallo ‘Rodríguez Pereyra’ (C.S.J.N Fallos: 335:2333 y sus citas) , debiendo mantener el índice ISBIC para la actualización del haber inicial (conforme al precedente ‘Elliff’)”.
“Es por ello que corresponde ordenar al organismo demandado que reajuste el haber previsional de la parte actora a enero y febrero del 2021 con las movilidades que le hubiese correspondido de haberse aplicado la ley suspendida 27.426, convalidándose para los periodos anteriores los decretos cuestionados. A la diferencia que surja deberá adicionarse la tasa de interés del BCRA desde el mes de enero del 2021 y hasta su efectivo pago.”
“En consecuencia, me pronuncio por hacer lugar parcialmente a los argumentos de la actora en este punto y modificar la sentencia de grado en el punto IV del resolutivo.”
Sobre impuesto a las ganancias y retroactivos: “No corresponde afectar impositivamente el saldo retroactivo percibido en concepto de diferencia por prestaciones previsionales mal abonadas. Ello así, pues ninguna duda cabe que la percepción de las acreencias de esta naturaleza no puede constituir nunca un hecho imponible...” (citas jurisprudenciales y fundamento del tribunal).
- Votos/diferencias: El acuerdo fue unánime; los Dres. PÉREZ CURCI y PIZARRO adhieren al voto del Dr. CASTIÑEIRA DE DIOS. No hay disidencia en el resolutivo final.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: