ROMERO BERNARDO ELOY c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Romero reclamó reajustes previsionales frente a ANSeS por aplicación de índices y movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada —declarándose la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 y ordenando el cómputo con los índices y pautas aplicables según considerandos— e impuso las costas de alzada y reguló honorarios (30% de lo que se regule en la instancia anterior).
¿Quién es el actor?
ROMERO BERNARDO ELOY.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios y recalculo del haber previsional (aplicación de índices para la actualización de remuneraciones y movilidad previsional).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró formalmente admisibles los recursos, revocó parcialmente la sentencia apelada en los términos de los considerandos, impuso las costas de la alzada por su orden y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se regule en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes):
- "Habiendo la titular de autos obtenido su prestación con fecha de alta posterior a agosto de 2016, corresponde -'brevitatis causae', y en razón de que como regla, la doctrina de los fallos de la Corte Suprema tiene carácter obligatorio para los tribunales inferiores ...
- remitirse a los citados fundamentos del precedente 'Blanco' y en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad del Dto. 807/16."
- "Con relación al cuestionamiento relativo a la actualización de las remuneraciones a las que se refiere el art. 24, inciso a) y las mencionadas en el art. 97 de la Ley 24.241, y sus modificaciones; corresponde aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción -personal no calificado
- ... en las remuneraciones percibidas por el titular hasta el 28 de febrero de 2009 ... A partir de allí, y hasta la fecha de adquisición del beneficio se aplicará la pauta de actualización fijada por la ley 26.417."
- "La demandada deberá abonar las diferencias resultantes entre las sumas percibidas y las que debió percibir conforme al cálculo respectivo."
- "Imponer las costas en la Alzada por su orden, en atención a la remisión que efectúa el art. 36 de la ley 27.423 ... (arts. 68 y 71 del CPCCN ...)."
- Disidencia / aclaraciones: La Dra. Victoria P. Pérez Tognola no vota por encontrarse en uso de licencia; no consta en el dispositivo voto en disidencia (el acuerdo que resuelve es el transcripto).
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