Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MALMORIA, JESUS DAVID s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Imputado fue condenado por tenencia simple de estupefacientes; la Cámara (Tribunal Oral Federal en integración unipersonal) le impuso 3 años de prisión en suspenso, multa de $11,25 y reglas de conducta, ordenando además incineración de estupefacientes, decomiso de un celular y devolución del vehículo a su legítimo dueño.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal Horacio Francisco Rodríguez, quien suscribió el acuerdo de juicio abreviado).
Demandado: Jesús David Malmoria, DNI Nº 33.607.219.
Objeto: Se le imputó y juzgó por “TENENCIA SIMPLE DE ESTUPEFACIENTES” (art. 14, primer párrafo, Ley 23.737) por poseer 1.029 g de marihuana y 104 g de cocaína encontrados en una mochila dentro del vehículo que conducía.
Decisión: Se condenó a Jesús David Malmoria como autor penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes a TRES (3) años de prisión en suspenso, multa de pesos once con veinticinco ($11,25) y costas; se le impusieron las reglas de conducta enunciadas, se dispuso la incineración de las muestras, el decomiso de un teléfono celular Motorola blanco, la devolución del automotor Peugeot 307 a quien acredite legítima propiedad, la regulación de honorarios de sus defensores en 35 UMA (equivalentes a $2.529.275, 50% para cada abogado) y las comunicaciones y remisiones que enumera la parte resolutiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"Se encuentra acreditado que el día 6 de noviembre de 2024... Jesús David Malmoria tuvo bajo su poder y custodia 1.029 gramos de marihuana y 104 gramos de cocaína, ocultos en una mochila de color violeta y negro, de su propiedad."
"En virtud de lo expuesto, y ante la ausencia de controversia en cuanto a la existencia del hecho y la participación del imputado, considero acreditada la materialidad del mismo y la intervención de aquel en calidad de autor."
"En cuanto a la calificación legal del hecho, considero que... la conducta atribuida a Jesús David Malmoria [se] encuadra como autor del delito de tenencia simple de estupefacientes, previsto y reprimido en el artículo 14, primer párrafo, de la Ley 23.737."
"La pena propuesta en el acuerdo de juicio abreviado suscripto por las partes resulta proporcional... En consecuencia, la sanción... debe ajustarse a lo propuesto en el acuerdo: tres (3) años de prisión de ejecución condicional y el mínimo de la multa..."
Sobre reglas de conducta: "1. Constituir un domicilio real... 2. Abstenerse de consumir estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas. 3. Someterse a la tutela de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal."
- Votos en disidencia: No constan disidencias; la sentencia es firmada por el Juez de Cámara Juan Manuel Iglesias en integración unipersonal del Tribunal Oral Federal.
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