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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GALLOZO, FEDERICO EZEQUIEL Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737

Se homologó un acuerdo de juicio abreviado y se condenó a seis imputados por delitos contemplados en la ley 23.737 por una causa de narcotráfico. El Tribunal Oral Federal de Resistencia homologó el acuerdo y condenó a Federico E. Gallozo por transporte (5 años) y a Matías G. Cuevas por tenencia con fines de comercialización (5 años), mientras que los otros cuatro imputados recibieron penas de 3 años en ejecución condicional y reglas de conducta.

Juicio abreviado Ley 23.737 Transporte de estupefacientes Tenencia con fines de comercializacion Condena Decomiso Multa Ejecucion condicional Tribunal oral federal de resistencia 61.280 gramos de marihuana.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El Ministerio Público Fiscal, representado por el Ayudante Fiscal Dr. Horacio Francisco Rodríguez.
- A quién se demanda (Demandados / Imputados): Federico Ezequiel Gallozo; Facundo Santiago Meza; Matías Gabriel Cuevas; Daniel Horacio Cuevas; Diamela Agustina Cuevas; Andrea Laura López. Objeto: Homologación de un acuerdo de juicio abreviado por hechos de transporte y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (Ley 23.737), y la imposición de penas, multas, decomiso y costas. Decisión: El Tribunal homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó: a Federico E. Gallozo como autor de transporte de estupefacientes a 5 años de prisión y multa de 45 unidades fijas; a Matías G. Cuevas como autor de tenencia con fines de comercialización a 5 años y multa de 45 unidades fijas; y a Facundo Meza, Daniel H. Cuevas, Diamela A. Cuevas y Andrea L. López como partícipes secundarios a 3 años de prisión en ejecución condicional y multa de 45 unidades fijas cada uno, con imposición de reglas de conducta (fijar residencia, supervisión y trabajos comunitarios) para los beneficiarios de la condicionalidad. Se ordenó decomisar una bicicleta y $55.400 depositados en Cuenta Judicial; intimar pago de costas ($4.700) y remitir testimonios al Registro Nacional de Reincidencia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes e citas textuales importantes; se indican tal cual aparecen en el fallo): 1) "En esa oportunidad también se halló 61.280 gramos de marihuana distribuidos en sesenta y nueve envoltorios." 2) "La sustancia estupefaciente incautada se trató de cannabis sativa, prohibida en las previsiones de la ley 23.737 (Ver infografía parte de “Conclusiones” del reporte pericial químico)." 3) Fragmento del dispositivo: "FALLO: I) HOMOLOGAR el Acuerdo de Juicio Abreviado suscripto por el Ayudante Fiscal General Dr. Horacio Francisco Rodríguez, los imputados Federico Ezequiel Gallozo, Matías Gabriel Cuevas, Facundo Santiago Meza, Daniel Horacio Cuevas, Diamela Agustina Cuevas y Andrea Laura López y los letrados Nora Rey, Juan Varas, Gonzalo Sánchez y Carlos Tello (art. 431 bis, 3er párrafo CPPN)." y "II) CONDENAR a FEDERICO EZEQUIEL GALLOZO ... como AUTOR penalmente responsable por el delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES, a la PENA de CINCO (5) AÑOS DE PRISIÓN, MULTA de 45 UNIDADES FIJAS ..."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la resolución es unipersonal firmada por el Juez de Cámara Dr. Enrique Jorge Bosch.

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