Logo

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ROMERO, CLAUDIO OSVALDO ENRIQUE s/INFRACCION LEY 23.737

Acusado fue juzgado por comercio y tenencia con fines de comercialización de estupefacientes; la Cámara Federal de San Luis condenó a Claudio O. E. Romero a 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas por violación del art. 5 inc. c) de la ley 23.737, rechazando los planteos de nulidad e inconstitucionalidad del mínimo de pena.

Narcotrafico Ley 23.737 Art. 5 inc. c) Comercio de estupefacientes Tenencia con fines de comercializacion Cadena de custodia Pericia quimica Escuchas telefonicas Decomiso Condena (4 anos)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (fiscal subrogante Dr. Cristian Rachid) como parte acusadora. Demandado: Claudio Osvaldo Enrique Romero (imputado). Objeto: Se lo acusó de comercialización de estupefacientes y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. c) Ley 23.737), por hechos ocurridos entre agosto de 2023 y marzo de 2024, incluyendo ventas constatadas y sustancias secuestradas en su domicilio y a compradores interceptados. Decisión: Se rechazaron los planteos de nulidad y de inconstitucionalidad deducidos por la defensa; se condenó a Claudio Osvaldo Enrique Romero a la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de 45 unidades fijas por ser autor penalmente responsable del delito previsto en el art. 5º inc. c) de la Ley 23.737 (modalidades: tenencia con fines de comercialización y comercio de estupefacientes); se impuso decomiso de tres celulares, una tarjeta de Mercado Pago y el dinero secuestrado; se ordenó la destrucción del material estupefaciente; costas y tasa de justicia $4.700. La decisión fue unánime (las magistradas Diamante y Marisi coincidieron con el voto de Pereira).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "Por los fundamentos expuestos, el Tribunal por unanimidad dicta el siguiente FALLO: 1º) RECHAZAR los planteos de nulidad efectuados por la defensa del imputado Claudio Osvaldo Enrique Romero." (bloque resolutorio). Sobre cadena de custodia y trazabilidad: "De lo hasta aquí expuesto, se colige que se ha respetado estrictamente la cadena de custodia de todos los elementos y sustancias secuestradas ... por lo que resulta incontrovertible su trazabilidad." (voto de la Dra. Pereira). Sobre pericias químicas: "En las conclusiones del informe pericial se explicitó que en las muestras N° 2, N° 4, N°5, N° 6, N° 9, N° 11 y N° 12 se comprobó la existencia de tetrahidrocannabinol (THC) ... Por otra parte, en el material presente en las muestras N° 1 y N° 10 ... se determinó que efectivamente se trata de cocaína." (voto de la Dra. Pereira). Sobre valoración probatoria y convicción: "De acuerdo al análisis efectuado ... los hechos traídos a juicio se encuentran fehacientemente acreditados, con el grado de certeza requerido para arribar a un fallo condenatorio." (voto de la Dra. Pereira). Sobre pena e inconstitucionalidad del mínimo: "Corresponde rechazar el planteo de inconstitucionalidad del mínimo de la pena previsto en el art. 5 inc 'c' de la Ley 23.737 ... en el caso concreto no se verifica una desconexión entre el monto mínimo de la pena prevista y los principios de culpabilidad y proporcionalidad de las penas." (voto de la Dra. Pereira).
- Disidencias: No hubo disidencia relevante; las juezas Diamante y Marisi "coinciden, en lo sustancial, con el voto brindado por la jueza María Carolina Pereira" y el fallo es por unanimidad.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar