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VIALE ANDREA PAOLA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó Viale contra ANSeS por reajustes varios y pago de bonos extraordinarios. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, determinó el haber inicial conforme al voto de la mayoría y diferió la aplicación de la ley 27.609 y la incorporación de los bonos para la etapa de ejecución, confirmando lo demás y regulando costas y honorarios.

Viale Anses Reajustes varios Haber inicial Ley 27.609 Dnu 274/2024 Bonos extraordinarios Inconstitucionalidad diferida Costas Honorarios 30%


¿Quién es el actor?

VIALE, Andrea Paola.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios — recalculo y actualización del haber previsional (haber inicial dependiente y autónomo), inconstitucionalidad de la Ley 27.609, incorporación y pago de "bonos" o "refuerzos extraordinarios", exención del impuesto a las ganancias y otras cuestiones accesorias.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, revocó parcialmente la sentencia de grado en los puntos materia de agravio, determinó el haber inicial dependiente conforme al voto mayoritario, diferió para la etapa de ejecución la aplicación de la Ley 27.609 y el tratamiento de la incorporación de los "bonos" y/o "refuerzos extraordinarios", confirmó lo demás decidido en primera instancia, impuso costas de alzada a la demandada y reguló honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de lo que se fije por su actuación en primera instancia más IVA; devolvió las actuaciones al juzgado de origen. (Ver parte resolutiva).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución. Y es que en virtud de la adopción del DNU 274/2024 y la nueva metodología de movilidad establecida en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241, resulta razonable actuar con cautela..." (voto del Dr. Carnota). 2) "Por lo expuesto, propongo: 1) Revocar parcialmente el pronunciamiento en cuanto ha sido materia de agravios y diferir la aplicación de la ley 27.609 para la etapa de ejecución de sentencia; 2) Determinar el haber inicial dependiente según lo expuesto ut-supra ; 3) Diferir el tratamiento de la incorporación de los "bonos" y/o "refuerzos extraordinarios" para la etapa de ejecución de sentencia; 4) Confirmar el pronunciamiento en lo demás que decide; 5) Costas de alzada a la demanda vencida conforme la doctrina sentada por la CSJN..." (voto del Dr. Carnota, adoptado por mayoría). 3) Sobre la actualización de remuneraciones anteriores a marzo de 1991: "corresponde hacer lugar al planteo de la parte actora y ordenar la actualización de las remuneraciones anteriores al 31.3.1991 consideradas para el cálculo de la PC y PAP, con arreglo a lo indicado por las resoluciones 63/94, 918/94 y 1120/94 hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417 -con sus modificaciones
- y éstas hasta la fecha de adquisición del derecho (Conf. Fallos: “Elliff, Alberto José c/ ANSeS s/ reajustes varios”...)" (voto del Dr. Carnota).
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini expresó voto con disidencias parciales respecto del modo de actualización del haber inicial dependiente (sostuvo que, cuando no exista alta densidad de remuneraciones anteriores a marzo de 2009, debe aplicarse el art. 4 de la ley 27.609), pero la solución adoptada por mayoría determinó el haber inicial conforme al voto mayoritario y prevaleció el diferimiento de la aplicación de la Ley 27.609 para ejecución. (La disidencia quedó consignada en los votos individuales y no integra la parte resolutiva).

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