LOPEZ JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó reajustes previsionales por el cálculo del haber inicial y la aplicación de mecanismos de movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró inconstitucional el art. 3 de la ley 27.426 y ordenó a ANSeS reajustar el haber a enero de 2021 con aplicación de la movilidad de la ley 27.609 desde febrero; confirmó lo demás.
¿Quién es el actor?
LOPEZ JUAN CARLOS (parte actora).
¿A quién se demanda?
ANSeS (organismo demandado).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional, impugnación de métodos de actualización del haber inicial (art. 3 Ley 27.426), y reclamos vinculados con la Prestación Básica Universal, aportes autónomos, tasa de interés, impuesto a las ganancias y demás rubros conexos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426 y ordenó al organismo demandado que reajuste el haber previsional de la actora a enero de 2021 con la diferencia resultante entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y lo que hubiera correspondido de haberse aplicado la ley 27.426 (equiparándolo al mes de febrero) y, desde ese mes en adelante, aplicar la movilidad contemplada en la ley 27.609; confirmó la sentencia apelada en lo demás y diferió para la etapa de ejecución el tratamiento final de la inconstitucionalidad invocada respecto de la ley 27.609 y del precedente “Villanustre”; impuso costas a la demandada y reguló honorarios (30% por la alzada más IVA). Devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción fiel de párrafos relevantes):
1) "Ergo, se revoca lo decidido en la instancia anterior y se declara la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la Ley 27.426."
2) "Por consiguiente, las remuneraciones consideradas a los fines del cálculo del haber inicial deberán actualizarse en el marco de lo resuelto por la CSJN en los autos: 'Elliff Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios', Sent. Fecha 11/08/2009, Fallos: 332:1914 y 'Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios', Sent. Fecha 18/12/2018, Fallos: 341:1924, hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417, fecha a partir de la cual será aplicable el mecanismo de actualización previsto en el art. 2 de Ley 26.417 -con su respectivas modificaciones
- hasta la fecha de adquisición del derecho."
3) "En virtud de lo expuesto, propongo: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Confirmarla en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 3) Declarar la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426; 4) Ordenar al organismo demandado que reajuste el haber previsional de la actora a Enero de 2.021 con la diferencia de lo que resulte entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020...; 5) Revocar la sentencia apelada en cuanto al rechazo de la inconstitucionalidad planteada respecto de la ley 27.609 cuyo tratamiento final se difiere para la etapa de ejecución; 6) Diferir el tratamiento del precedente de la CSJN 'Villanustre'..."
- Votos concurrentes y disidencias: La sentencia fue acordada por mayoría (Dr. Juan A. Fantini, Dra. Nora C. Dorado y Dr. Walter F. Carnota). Dorado y Carnota adhirieron al voto preopinante con fundamentos propios en puntos específicos; no consta disidencia que modifique la parte resolutiva de la mayoría. Dorado y Carnota formularon adhesiones y matices (p. ej. coincidencias y fundamentos propios sobre la aplicación del índice y alcance temporal).
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