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CAPUTO MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Caputo reclamó reajustes varios por actualización de la Prestación Básica Universal y demás conceptos contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, confirmó el pronunciamiento apelado, impuso costas a la demandada y fijó honorarios de alzada del 30% sobre lo que se fije por primera instancia.

Caputo Anses Prestacion basica universal Reajustes Ley 27.426 Aportes autonomos Tasa de interes Costas de alzada Honorarios de alzada 30% Reformatio in peius


¿Quién es el actor?

CAPUTO MARIA CRISTINA.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), impugnaciones relativas a la aplicación/constitucionalidad del art. 2 Ley 27.426, inaplicabilidad de art. 14.2 Resolución SSS 06/09, impuesto a las ganancias, tratamiento de aportes autónomos, tasa de interés y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; condenó en costas a la demandada (costas de Alzada) y reguló honorarios para la representación letrada de la actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA si corresponde; devolvió las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "Incurre en reformatio in peius el pronunciamiento que coloca a los únicos apelantes en peor situación que la resultante de la sentencia recurrida, lo que constituye una violación directa e inmediata a las garantías de defensa en juicio y de propiedad (C.S.J.N. Fallos T325 P3318)". 2) "…para la redeterminación de la Prestación Básica Universal como integrante del haber inicial habrá de aplicarse el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Badaro Adolfo Valentín c/ ANSeS s/reajustes varios', Sent. Fecha 26/11/2007, Fallos: 330:4866 -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006
- y los aumentos generales dispuestos por ley 26.198 y decretos 1346/07 y 279/08 hasta la fecha de adquisición del beneficio o hasta la fecha de la sanción de la Ley 26.417, lo que ocurra primero". 3) "En virtud de lo expuesto, propongo: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Confirmarla en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 3) Costas de Alzada a la demandada vencida ...; 4) Regular los honorarios ... y 5) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos." (texto del voto que integra los fundamentos de la mayoría).
- Disidencia relevante: La Dra. Nora C. Dorado expresó disidencia parcial en cuanto al empalme de la ley 27.426 con la ley 26.417 y propuso confirmar lo decidido en la instancia de grado sobre ese punto; no obstante, la decisión de la mayoría es la que opera como resolución del tribunal.

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