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DI PASQUALE RICARDO LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES por reajustes varios de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social (Sala II) confirmó el pronunciamiento apelado, impuso las costas a la demandada vencida y reguló honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora en el 30% de lo que se fije en primera instancia más IVA.

Di pasquale Anses Reajustes varios Ley 27.609 Inconstitucionalidad Costas de alzada Honorarios Camara federal de la seguridad social Ejecucion diferida Fecha de adquisicion 22/02/2017


¿Quién es el actor?

Di Pasquale Ricardo Luis.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de una prestación (beneficio cuya fecha de adquisición se consignó como 22/02/2017 bajo la vigencia de la Ley 24.241 y Decreto 807/16) y planteos de inconstitucionalidad relativos a la ley 27.609.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social (Sala II) confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; impuso las costas de Alzada a la demandada vencida; reguló honorarios para la representación letrada de la actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más el IVA, y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En lo que respecta al planteo de inconstitucionalidad referido a la ley 27.609, este Tribunal se pronunció en los autos: Diaczuk Pedro Carlos c/ ANSeS s/Inconstitucionalidades Varias, expte. N°24982/2021, Sent. fecha 22/11/2024, cuyos fundamentos corresponde hacerlos extensivos a las presentes, por ende, corresponde confirmar lo dispuesto en la instancia de grado y diferir su tratamiento para la etapa de ejecución." "En cuanto a las costas de ambas instancias las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y Excma. CSJN in re: 'Gentile Fioravanti Pedro c/ANSeS s/Reajustes Varios', Sent. Fecha 8/10/2024, Expte. CSS Nº 96499/2010')." "En virtud de lo expuesto, propongo: 1) Confirmar el pronunciamiento apelado en cuanto ha sido materia de agravios; 2) Costas de Alzada a la demandada vencida ...; 3) Regular los honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora por su actuación ante la Alzada en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia con más el IVA ... y 4) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos."
- Votos y unanimidad/diferencias: Los Dres. Fantini, Carnota y la Dra. Dorado coincidieron en el resultado y en los fundamentos principales; no surge disidencia en el acuerdo.

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