Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: VALENCIANO, GASTON EMANUEL Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737
Causa por infracción a la ley 23.737 por comercio y tenencia de estupefacientes en relación con ofertas y entregas mediante la aplicación Telegram. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Santa Cruz en conformación unipersonal) declaró admisible el juicio abreviado, sobreseyó a Sergio Ojeda y Damián Alvarado por la imputación de comercio y condenó a Gastón Valenciano y Pablo Alaniz González por tenencia simple: pena de un año de prisión en suspenso, multa de $225, reglas de conducta por 2 años y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Subrogante Dra. Patricia Kloster) en representación de la vindicta pública.
- A quién se demanda (Demandados): Pablo Julián Alaniz González; Gastón Emanuel Valenciano; Damián Alejandro Alvarado; Sergio José Ojeda.
Objeto: Se imputó inicialmente a los cuatro la comisión del delito de Comercio de Estupefacientes (art. 5 inc. c Ley 23.737) por ofrecimientos y entregas de clorhidrato de cocaína y otras sustancias a través de Telegram y por tenencia con presunta finalidad de comercialización.
Decisión: Se declaró admisible la propuesta de juicio abreviado; se sobreseyó definitivamente a Sergio José Ojeda (DNI 43.892.898) y a Damián Alejandro Alvarado (DNI 37.664.805) respecto de la imputación de comercio de estupefacientes; y se condenó a Gastón Emanuel Valenciano (DNI 41.821.675) y a Pablo Julián Alaniz
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