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DENUNCIADO: S. B. S.R.L. Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.144 DENUNCIANTE: BANCO CENTRAL REPUBLICA ARGENTINA

S. B. S.R.L. y sus gerentes fueron imputados por infracciones a la ley penal cambiaria (Ley 19.359) por declaraciones falsas y operaciones de egreso de divisas. La Cámara Federal de Apelaciones en lo Penal Económico revocó parcialmente la condena por aplicación retroactiva de la Comunicación A 8226 (absolviendo por 225 operaciones entre 21/05/2020 y 19/08/2020) y confirmó parcialmente la condena por las 54 operaciones entre 06/05/2020 y 20/05/2020; además confirmó los montos de las multas impuestas.

Ley 19.359 Comunicaciones bcra a 7001/7030/7042/8226 Retroactividad ley penal mas benigna Declaraciones juradas Egreso de divisas Multa Absolucion parcial Confirmacion parcial Responsabilidad penal societaria Camara federal de apelaciones en lo penal economico

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El Banco Central de la República Argentina a través del sumario cambiario (y la fiscalización derivada del mismo) e intervención del Ministerio Público en la causa penal. Demandado: S. B. S.R.L. y sus gerentes M. R. D., F. F. y G. R. T. Objeto: Imputación penal por infracción a la Ley 19.359 (art. 1, incs. c) y e)) por haber cursado 279 operaciones de adquisición de divisas en plazos prohibidos y por supuestas declaraciones juradas falsas respecto de operaciones bursátiles previas/relacionadas. Decisión: Se revocó parcialmente la sentencia apelada y se absolvieron de culpa y cargo los imputados respecto de las 225 operaciones realizadas entre el 21/05/2020 y el 19/08/2020 (por aplicación retroactiva de la Comunicación “A” 8226 que dejó sin consideración las operaciones bursátiles realizadas hasta el 11/04/2025). Se confirmó parcialmente la condena respecto de las 54 operaciones practicadas entre el 06/05/2020 y el 20/05/2020 (por u$s 3.368.994) y se confirmaron los montos de las multas impuestas en primera instancia. Se impusieron costas en la parte confirmada y no costas en la parte revocada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "XXVI. Por lo expuesto, el punto 5 de la Comunicación “A” 8226 del Banco Central de la República Argentina resulta aplicable al caso “sub examine”, respecto de las operaciones de adquisición de divisas efectuadas entre los días 21/05/2020 y 19/08/2020, como derivación del principio de retroactividad de la ley penal más benigna por resultar, en el caso concreto, disposiciones complementarias más beneficiosas para la situación de M. R. D., de F. F., de G. R. T. y de S. B. S.R.L. que las previstas por las normas vigentes al momento de los hechos, y por esto, susceptibles de ser aplicadas retroactivamente (art. 2 del Código Penal)." "XXVII. Por consiguiente, por lo establecido por las consideraciones que anteceden, con relación a las 225 operaciones de adquisición de divisas efectuadas por S. B. S.R.L. entre los días 21/05/2020 y 19/08/2020, por el monto total de u$s 18.391.233, corresponde revocar la sentencia apelada y absolver de culpa y cargo a M. R. D., a F. F., a G. R. T. y a S. B. S.R.L. con relación a aquellos hechos. Sin costas." "XXXI. Por lo tanto, por lo expresado, es posible concluir que en autos se encontraría debidamente acreditada la infracción al art. 1, incs. c) y e) de la ley 19.359 atribuida a los sumariados respecto de las 54 operaciones de adquisición de divisas efectuadas por S. B. S.R.L. entre los días 06/05/2020 y 20/05/2020, por el monto total de u$s 3.368.994."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; la resolución fue suscripta por los Dres. Roberto E. Hornos y Carolina L.I. Robiglio; la vocalía restante se encontraba vacante.

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