REQUERIDO: POPULAR - PRIMARIAS LEG. 2021 s/INFRACCION LEY 26.215
Se cuestionó una presunta infracción a la Ley 26.215 vinculada a las primarias legislativas 2021 promovida bajo la carátula Popular. La Cámara Nacional Electoral confirmó la resolución de primera instancia, remitiéndose por analogía al precedente CNE 2143/2021/CA1 y considerándolo aplicable al caso.
Actor: Según la carátula, "Popular" (Primarias leg. 2021). Demandado: Desconocido (no surge de la parte dispositiva ni de la carátula más precisión). Objeto: Presunta infracción de la Ley 26.215 (normas de financiamiento partidario) en el marco de las PASO legislativas 2021. Decisión: La Cámara Nacional Electoral confirmó la resolución apelada y ordenó agregar copia del precedente citado, notificar, comunicar al juzgado de origen y a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y devolver las actuaciones a primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la cuestión planteada en estas actuaciones es sustancialmente análoga a la tratada en los autos 'Encuentro por la Democracia y la Equidad s/proceso contra persona física o jurídica por violación de normas de financiamiento partidario – Ejercicio 2017' (Expte. Nº CNE 2143/2021/CA1), resueltos por el Tribunal mediante sentencia del 7 de octubre de 2021, a cuyos fundamentos cabe remitirse por razones de brevedad." "En tales condiciones, y toda vez que no existen en el caso circunstancias que permitan apartarse de dicho pronunciamiento, corresponde confirmar la resolución apelada, lo que así se resuelve." (Se hace constar además la existencia del dictamen del señor fiscal actuante a fs. 42/48 y la remisión al precedente indicado.) Disidencias: No se registra en el bloque dispositivo ninguna disidencia; la decisión consignada en la parte resolutiva es la que integra la mayoría.
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