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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PRINCIPATTO, EDGARDO GABRIEL s/ENCUBRIMIENTO (ART.277)

Procesaron y condenaron a Edgardo Gabriel Principatto por encubrimiento agravado por receptación y uso de documentos falsos. La Cámara (Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de San Martín, actuando unipersonal) lo condenó a pena única de once años y nueve meses de prisión, declaró la reincidencia y ordenó destrucción y remisión de documentación y placas secuestradas.

Tribunal oral federal Condena Encubrimiento agravado Receptacion Uso de documento publico falso Documentacion privada falsa Pena unica Reincidencia Destruccion de documentacion Remision de chapas patente.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Fiscal General Dr. Alberto Adrián María Gentili. Demandado: Edgardo Gabriel Principatto (DNI 16.482.832). Objeto: Se le imputa la comisión de delitos de encubrimiento agravado por receptación con ánimo de lucro, en concurso ideal con uso de documento público falso y uso de documentación privada falsa. Decisión: Se rechazaron los planteos de nulidad del defensor; se condenó a Principatto a 3 años y 4 meses de prisión por el concurso ideal de los delitos mencionados, y en definitiva se le impuso una pena única de once años y nueve meses de prisión, accesorias legales y costas, declarando la reincidencia. Se ordenó la destrucción de documentación apócrifa secuestrada y la remisión de las chapas patente a la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor; se fijó audiencia para exposición de fundamentos el 2/7/2025.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Como resultado del estudio efectuado respecto de los hechos materia de debate, valoradas las pruebas producidas e incorporadas al juicio, oídos los alegatos de las partes y sin perjuicio de la oportuna redacción de los fundamentos en que se basa la sentencia, haciendo uso de las facultades conferidas por el art. 400 del C.P.P.N. el tribunal:" "FALLA: I. NO HACIENDO LUGAR A LOS PLANTEOS DE NULIDAD articulados por el Defensor Público Oficial, Dr. Sergio Raúl Moreno, al efectuar su alegato (arts. 166 y ss. en sentido contrario del C.P.P.N.)" "II. CONDENANDO a EDGARDO GABRIEL PRINCIPATTO, de las demás condiciones personales citadas en el exordio, a la PENA DE TRES (3) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN, accesorias legales y costas, más declaración de reincidencia, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de encubrimiento agravado por receptación con ánimo de lucro, en concurso ideal con el de uso de documento público falso y uso de documentación privado falso (Arts. 12, 19, 29 inc. 3°, 45, 50, 54, 277, inciso 1°, ap. C e inciso 3° ap. B, 292 y 296 del Código Penal de la Nación y arts. 399, 403 y 530 del Código Procesal Penal de la Nación)." No se consignan votos en disidencia en el texto proporcionado.

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