WIESNER, RUBEN MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
Reclamo por reajuste y movilidad de haberes previsionales contra ANSES; la Cámara Federal de Paraná admitió parcialmente las apelaciones, declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y del art. 3 del DNU 157/2018, dejó sin efecto la aplicación del precedente Elliff y modificó decisiones sobre plazos, costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
WIESNER, Rubén Manuel (titular de beneficio previsional ley 24.241).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda ordinaria por reajuste y movilidad del haber inicial previsional.
¿Qué se resolvió?
Se admitió el recurso de apelación de la parte actora y se declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426; se admitió parcialmente la apelación de la demandada, se revocó el Considering VI-b) de la sentencia de primera instancia y se dejó sin efecto la aplicación del precedente "Elliff" para el reajuste del haber inicial; se dejó sin efecto la imposición de que los honorarios del perito contador sean a cargo exclusivo de la demandada en caso de designación; se revocó la facultad otorgada al actor para efectuar la liquidación en 30 días de quedar firme; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impusieron las costas en el orden causado; se regularon los honorarios de la letrada del actor en 32% de lo que se le fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Atento a ello, corresponde revocar el Considerando VI
- b) de la sentencia apelada y dejar sin efecto la aplicación del precedente “Elliff”, ya que no resulta aplicable el índice ISBIC para el reajuste del haber inicial del actor."
"Se advierte que, efectivamente, ello vulnera el principio de congruencia, en tanto impone a la demandada una carga por una decisión conjetural e hipotética. En consecuencia, la forma de resolver implica un apartamiento del principio de congruencia, que impone el deber de decidir de conformidad con los hechos y pretensiones deducidas en la demanda (arts. 34, inc. 4° y 163, inc. 6° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
"Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo” (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/06/2023), corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia en el orden causado debido al modo en que se resuelve y lo previsto en la última parte de la norma citada."
- Votos en disidencia relevantes: existe disidencia parcial; la Dra. Beatriz Estela Aranguren adhiere en lo esencial pero propone una regulación de honorarios distinta (34% para la letrada de la parte actora) frente al acuerdo mayoritario que fijó 32% — dicha discrepancia quedó registrada como disidencia parcial y no modifica el dispositivo mayoritario.
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