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COLL, GRACIELA TERESA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/RECTIFICACION HABER INICIAL

La actora demandó a ANSeS por la aplicación del tope por acumulación de prestaciones y la imputación de cargo sobre haberes. La Cámara rechazó íntegramente ambos recursos y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenando la liquidación conforme a criterios que evitan la confiscatoriedad y disponiendo costas en el orden causado.

Apelacion Anses Tope por acumulacion de prestaciones Confiscatoriedad Ley 24.463 Ley 18.037 Intereses (tasa pasiva) Prescripcion Costas Control de constitucionalidad


¿Quién es el actor?

Graciela Teresa Coll.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Rectificación del haber inicial y la impugnación de la aplicación del tope por acumulación de prestaciones (resoluciones administrativas que redujeron el haber y aplicaron cargo por supuestos haberes indebidamente percibidos).

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó íntegramente ambos recursos y, por ende, confirmó la decisión de primera instancia que hizo lugar a la demanda; además impuso las costas según lo ordenado en el primer voto y ordenó registrar, notificar y publicar. (Decisión adoptada por acuerdo de ambos Magistrados firmantes.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "Si el haber supera el monto del haber máximo: QUINCE POR CIENTO (15%) sobre el excedente de dicho importe máximo". 2) "El relato evidencia que hay un profundo divorcio entre el contenido de las decisiones administrativas del organismo y lo ejecutado al liquidar los dos beneficios de la accionante... la quita en concepto de tope por acumulación de prestaciones en el beneficio 15040381440 supera con creces el nivel de confiscatoriedad adoptado por la jurisprudencia del fuero." 3) "Por ello, luce adecuado dejar establecido que, aun cuando el diseño del sistema de topes a las prestaciones emana de normas sancionadas por el poder legislativo..., resulta función primordial del Poder Judicial llevar adelante el control de constitucionalidad sobre la concreta aplicación de esas leyes, lo que a la luz de la jurisprudencia predominante en la materia implica que una disminución del monto del haber por esa vía solo puede ser avalada en caso de que no supere el nivel de quita que la Corte Suprema estableció, primordialmente, en 'Actis Caporale' (Fallos 323:4216)." 4) Sobre intereses y actualización: "Considero que deberían ser rechazados atendiendo a los argumentos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación esgrimió en 'Spitale' (Fallos 327:3721). Allí el Máximo Tribunal, en lo pertinente, sostuvo que '…la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina es adecuadamente satisfactoria del menoscabo patrimonial sufrido por la demandante, en el marco de la índole previsional de la relación jurídica en examen.'"
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; el segundo voto adhirió al primer voto y al acuerdo.

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