Incidente Nº 3 - IMPUTADO: ALLIEVI, JONATHAN LEONEL s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
La defensa de Jonathan Leonel Allievi interpuso recurso extraordinario federal contra la resolución de la Sala 3 de la Cámara que había hecho lugar parcial a la casación y excluido el delito de desobediencia. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró el recurso inadmisible por carecer de cuestión federal suficiente y limitarse a reiterar agravios ya expuestos en casación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa de Jonathan Leonel Allievi, en su carácter de recurrente por recurso extraordinario federal.
Demandado: Contra la resolución de la Sala 3 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional; oposición y postura en autos del Ministerio Público Fiscal.
Objeto: Se impugna la admisibilidad del recurso extraordinario federal interpuesto contra la decisión de la Sala 3 que hizo lugar parcial a la casación, excluyendo el delito de desobediencia y rechazando otros agravios.
Decisión: La Sala 3 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa (art. 14 ley 48 y art. 3 inc. d Acordada 4/2007). Las costas se resuelven conforme al art. 68 del CPPPN. Notifíquese y comuníquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"De la lectura del contenido de la presentación se observa que, en efecto, la defensa se ha limitado a reiterar los argumentos ya expuestos en el recurso de casación, sin añadir ningún supuesto de procedencia de la vía extraordinaria, ni indicar la existencia de una cuestión federal suficiente que la habilite."
"Es que, bajo la invocación genérica de la violación de garantías constitucionales y la doctrina de la arbitrariedad, se pretende someter a revisión de la CSJN cuestiones de hecho, prueba y derecho común, que han sido resueltas con adecuados y suficientes fundamentos de igual naturaleza, y por regla escapan al objeto del recurso extraordinario federal, según lo establece el art. 14 de la ley n° 48."
"Por ello, se concluye que el recurso extraordinario es inadmisible."
- Disidencias relevantes: No surge disidencia; los tres votos adhieren a la inadmisibilidad. El juez Jantus añadió consideraciones sobre la aplicabilidad del precedente "Ferrari" y la posibilidad planteada por la defensa de reconducción ante el TSJ CABA, que dejó planteada sin pronunciamiento específico.
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