BENEFICIARIO: VELLA, ALEJANDRO GABRIEL Y OTROS s/HABEAS CORPUS
Habeas corpus colectivo en favor de Carlos Alberto Monzón y Alejandro Gabriel Vella por agravamiento de condiciones de detención. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de casación, anuló la decisión de primera instancia por omisión de la audiencia del art. 14 Ley 23.098 y remitió la causa al Juzgado Federal n.º 1 de Morón para que tramite el hábeas corpus.
¿Quién es el actor?
Defensa pública oficial en representación de Carlos Alberto Monzón y Alejandro Gabriel Vella.
¿A quién se demanda?
Autoridades responsables de la ejecución penitenciaria y, por contexto, el Servicio Penitenciario Federal / Ministerio de Seguridad (cuestión planteada contra la aplicación de la Resolución MS N° 1346/2024 y el régimen de detención).
- Objeto de la demanda: Habeas corpus por agravamiento de las condiciones de detención y por la aplicación/disponición de la Resolución N° 1346/2024 que habría modificado el régimen laboral y condiciones de los internos, reclamando nulidad de medidas y cese del agravamiento.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, hizo lugar al recurso de casación, sin costas; anuló la decisión del juez de primera instancia y todo lo actuado en consecuencia; y remitió la causa al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n.º 1 de Morón para que se imprima el correspondiente trámite.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
- “En efecto; la decisión del magistrado de grado condujo a truncar la actuación judicial prevista para velar por la protección de los derechos de las personas que se encuentran privadas de su libertad, toda vez que se impidió la audiencia del art. 14 y la consiguiente posibilidad de que se esclareciera -con el resultado de la inmediación en las especiales circunstancias del caso
- la situación de los amparados (Vid. Fallos: 330:2429).”
- “En relación a la audiencia establecida en el artículo 14 de la ley nº 23.098, con corrección se predica que: ‘…la audiencia oral contribuye a una mayor amplitud en las discusiones…. Precisamente, a través de la audiencia se busca generar información de alta calidad que permita al juez establecer si ha sido afectado un derecho o garantía en perjuicio del accionante y determinar, en su caso, si existe responsabilidad por parte de la autoridad estatal requerida (ob. cit. p. 142).’”
- “En definitiva, las apuntadas falencias del trámite brindado a las acciones de hábeas corpus, conllevan la nulidad de lo resuelto en primera instancia y de lo actuado en consecuencia, máxime cuando no parece verificarse un supuesto manifiestamente improcedente.”
Disidencia (voto singular relevante):
- El juez Guillermo J. Yacobucci disintió de la decisión mayoritaria en cuanto al resultado, proponiendo rechazar el recurso de casación por falta de fundamentación conforme al art. 463 CPPN y sosteniendo que “el escrito de interposición del recurso de casación, carece de la fundamentación mínima necesaria para demostrar su procedencia”, y que no se rebatieron específicamente los argumentos de la Cámara a quo. Esa postura quedó en minoría.
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