Logo

CANDIA, ROMAN c/ NACION SEGUROS S.A. s/ORDINARIO

El actor demandó a Nación Seguros SA por incumplimiento de un seguro colectivo de vida con cobertura por invalidez total y permanente. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial hizo lugar al recurso, revocó la sentencia de primera instancia y condenó a Nación Seguros SA a pagar $2.436.951,60 por suma indemnizatoria y $396.774 por daño moral, con intereses y costas.

Seguro colectivo Invalidez total y permanente Poliza inoponible Deber de informacion Dano moral Costas Interes moratorio Ley de defensa del consumidor Baremo Revocatoria de sentencia


¿Quién es el actor?

Señor Román Candia.

¿A quién se demanda?

Nación Seguros SA.
- Objeto de la demanda: Reclamo de pago de la cobertura de seguro colectivo de vida con cláusula adicional de incapacidad física total, permanente e irreversible; también se reclamó daño moral y daño punitivo, y se cuestionó la oponibilidad de una nueva póliza (nro. 1194) frente a la póliza invocada por el actor (nro. 1192).

¿Qué se resolvió?

Se admitió el recurso de apelación del señor Candia y se revocó la sentencia de primera instancia. Se condenó a Nación Seguros SA a abonar al actor la suma de $ 2.436.951,60 en concepto de suma indemnizatoria y $ 396.774 en concepto de daño moral, con más los intereses establecidos en los puntos III.3 y III.4; y se impusieron las costas de ambas instancias a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): 1) "Por ello, la póliza nro. 1194 es inoponible al beneficiario, máxime considerando que importa una merma relevante de la cobertura, con la que el asegurado confiaba satisfacer sus necesidades de subsistencia ante una situación de desamparo." 2) "En estas circunstancias, concluyo que el actor se encuentra imposibilitado de realizar aquellas actividades que le eran habituales u otras similares. Por ello, entiendo que fue mal rechazada la cobertura del riesgo cubierto, por lo que la aseguradora es responsable del pago de la indemnización reclamada por el señor Candia." 3) "Por ello, conforme la previsión del artículo 165 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, teniendo en cuenta los antecedentes del litigio y lo solicitado por la actora en la demanda, es adecuado otorgar la suma de $ 396.774 en concepto de daño moral, con más los intereses y desde la mora fijados precedentemente."
- Disidencias: No existen votos en disidencia; la Dra. Matilde E. Ballerini adhiere al voto que antecede.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar