Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: SALBIDIA , GUILLERMO Y OTRO s/ABUSO SEXUAL - ART. 119 1° PARRAFO y ENCUBRIMIENTO (ART.277) DENUNCIANTE: GOMEZ, MONICA
Condenaron a Salbidia por abuso sexual simple y amenazas en el ámbito policial; la Cámara integrada por Mancini, Rodríguez Eggers y Flores Vega impuso un año de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial perpetua para integrar fuerzas de seguridad, costas y reglas de conducta por dos años.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La fiscalía ante el Tribunal Oral Federal (auxiliar fiscal Clara Fernández Segovia que intervino en el juicio).
Demandado: GUILLERMO RODOLFO SALBIDIA (DNI 22.947.618).
Objeto: Se le atribuía haber cometido abuso sexual (hecho n°1) —tocamientos en pechos y entrepierna a la agente Á.N.G. el 7/10/2020 en dependencias policiales— y amenazas simples (hecho n°3) contra C.S.C.; inicialmente hubo condena por agravante policial y pena de tres años, pero la Cámara Federal de Casación Penal anuló parcialmente la calificación y la pena, remitió pautas y se celebró audiencia de adecuación.
Decisión: Se condenó a GUILLERMO RODOLFO SALBIDIA a la pena de UN AÑO DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, INHABILITACIÓN ESPECIAL PERPETUA PARA INTEGRAR CUALQUIER FUERZA DE SEGURIDAD, y costas; se impusieron reglas de conducta por dos años (fijar residencia; sometimiento al Patronato de Liberados; abstenerse de relacionarse con Á.N.G. y C.S.C.; completar taller de perspectiva de género), y se intimó al pago de costas dentro de los cinco días de la firmeza de la sentencia. (Coherente con la Parte Resolutiva transcripta.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Se verificó, en este caso, la existencia del tocamiento de Salbidia a Á. N. G., a través de sus manos, en sus pechos –por debajo del chaleco
- y en su vagina –por encima del pantalón-, que tuvo lugar en una oficina de la agencia policial en la que prestaban funcionaban."
"El abuso sexual castiga a la persona 'que abusare sexualmente de una persona (…) cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción'."
"Entre los instrumentos que prevé la norma para la concreción del hecho sin el aval de la persona afectada, se encuentra la violencia (desplegada a través de la obstrucción del paso de G., y del provecho de la cercanía física entre ambos y de la estrechez de la oficina en que se encontraban para tocar su cuerpo), así como una relación de autoridad (cristalizada en la conexión jerárquica entre ambos), que generaron un contexto en el que la víctima no podía consentir libremente el acto."
Sobre graduación de pena: "De ese modo, entiendo que se le debe imponer un castigo de un año de prisión de ejecución condicional, en función de ese monto, de tratarse de la primera condena del acusado y de las circunstancias valoradas anteriormente, que demuestran la inconveniencia de aplicar una pena de cumplimiento efectivo, según lo establecido por el artículo 26 del Código Penal de la Nación."
"A su vez, dado que los hechos n° 1 dan cuenta de que Salbidia se valió de su cargo para su comisión, corresponde también dictar a su respecto la inhabilitación especial perpetua para integrar cualquier fuerza de seguridad..."
- Votos y unanimidad: El voto que motiva la sentencia fue el del juez Matías Alejandro Mancini; los jueces Esteban Carlos Rodríguez Eggers y Nada Flores Vega "adhieren al voto que antecede", por lo que la decisión es por unanimidad de los tres jueces expresados en la Parte Resolutiva. No hay disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: