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Incidente Nº 1 - ACTOR: ZURLETTI, LILIANA BEATRIZ DEMANDADO: AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/INC HONORARIOS

Incidente de honorarios y planteo sobre costas por amparo contra ARCA por retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó la apelación y mantuvo la imposición de costas por su orden y la regulación de honorarios (30% de lo regulado en primera instancia, fijando $65.038,50 = 0,9 UMA).

Amparo Impuesto a las ganancias Jubilados Allanamiento Costas Honorarios Arca Convencion interamericana personas mayores Ley 27.423 Exencion de costas


¿Quién es el actor?

ZURLETTI Liliana Beatriz (actora / amparada).

¿A quién se demanda?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
- Objeto de la demanda: acción de amparo solicitando cese del descuento por Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales y devolución de lo retenido por 5 años anteriores, y cuestión incidental sobre regulación de honorarios y costas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la representante de la actora y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en lo materia de apelación y agravios; se recomendó a ARCA adoptar medidas administrativas conforme la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores; se impusieron las costas por su orden; y se regularon honorarios en el 30% de lo regulado en primera instancia, fijándose para la actora $65.038,50 (0,9 UMA).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Para que proceda la exención de costas, el allanamiento debe ser real, incondicionado, oportuno, total y efectivo." "En fecha 13/03/2025, la accionada informó el pago, debidamente acreditado, y acompañó planilla de liquidación de conformidad con los parámetros indicados en la sentencia, por la que se restituye al actor lo retenido en concepto de impuesto a las ganancias, por el término de 5 años anteriores a la fecha de inicio de la demanda, más intereses." "En atención a ello y al gran volumen de causas que originan los planteos de inconstitucionalidad del artículo 82, inc. 'c' de la Ley N° 20.628... se recomienda al organismo fiscal que tome las medidas de acción positivas tendientes a dirimirlo en sede administrativa, cuando sea planteado, y evitar un dispendio jurisdiccional innecesario..." "Por lo expuesto, corresponde confirmar la imposición de costas por su orden en primera instancia." (Se aclara que el voto fue acompañado por los Dres. Pizarro y Pérez Curci y el acuerdo fue unánime; no existen disidencias.)

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