Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BARROCA , CARLOS DAMIAN s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Imputado fue juzgado por transporte y comercio de estupefacientes; la Cámara (Tribunal Oral) condenó a Carlos Damián Barroca a cuatro años de prisión y multa de 45 unidades fijas, y mantuvo el arresto domiciliario por las normas de conducta ya impuestas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (interviene el Sr. Fiscal General Dr. Marcelo Molina; Fiscalía Federal ante este Tribunal Oral).
Demandado: Carlos Damián Barroca (imputado).
Objeto: Se imputó y juzgó a Barroca por transporte y comercialización de estupefacientes (art. 5 inc. c) ley 23.737 y art. 45 y 55 CP), por hechos ocurridos el 25/08/2023 y por operaciones desde abril hasta el 25/08/2023.
Decisión: Se condenó a Carlos Damián Barroca a CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, MULTA de CUARENTA Y CINCO (45) unidades fijas, accesorias legales y costas del proceso; se mantiene el arresto domiciliario concedido por el Juzgado instructor con las normas de conducta impuestas el 23/05/2024; se decomisaron los efectos detallados y se ordenó la destrucción del material estupefaciente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"En la presente etapa procesal, las partes han arribado a un acuerdo mediante el cual solicitaron se imprima a las presentes actuaciones el trámite correspondiente al juicio abreviado, previsto en el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación."
"Ello es así, pues no coincidió con lo expuesto por la Fiscal de Instrucción en la requisitoria analizada, considerando insuficientes los argumentos que sustentaron la conclusión de su colega de la instancia anterior respecto a la agravante de la conducta atribuida a Barroca, en el hecho II."
"Concretada la audiencia de visu prevista en la ley adjetiva,... el acuerdo fue ratificado por el imputado ante el tribunal, oportunidad en la que prestó su conformidad sobre la materialidad de los sucesos enrostrados, la responsabilidad asignada, la calificación legal escogida por la fiscalía, el monto de la pena y la modalidad de cumplimiento."
"La prueba colectada, valorada acorde a las reglas de la sana crítica, permite sostener, con certeza que Carlos Damián Barroca, con pleno conocimiento y voluntad
- el día del procedimiento, trasladó material estupefaciente con fines de comercialización."
"En virtud de todo ello, de conformidad con los artículos 396, 398, 399, 400, 403, 431 bis y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación y el acuerdo de las partes, RESUELVO: I.-CONDENAR a CARLOS DAMIÁN BARROCA... a la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, MULTA de CUARENTA Y CINCO (45) unidades fijas..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución se funda en el acuerdo de juicio abreviado homologado por el Tribunal y en la valoración probatoria consignada.
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